(AM.) El Supremo ratifica la condena a 15 años de prisión para el autor confeso del crimen de Laura Alonso

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la que rebajó de 18 a 15 años de cárcel la condena a Javier Cruz por matar a su exnovia, Laura Alonso, la madrugada del 24 de agosto del 2009 en el municipio ourensano de Toén, al considerar "no haber lugar" ni al recurso del condenado ni al de la acusación particular, ejercida por el padre de la víctima.
JUICIO POR EL ASESINATO DE LAURA ALONSO: El Autor Confeso De La Muerte De Laura
JUICIO POR EL ASESINATO DE LAURA ALONSO: El Autor Confeso De La Muerte De Laura
ROSA VEIGA/EUROPA PRESS
JUICIO POR EL ASESINATO DE LAURA ALONSO: El Autor Confeso De La Muerte De Laura

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la que rebajó de 18 a 15 años de cárcel la condena a Javier Cruz por matar a su exnovia, Laura Alonso, la madrugada del 24 de agosto del 2009 en el municipio ourensano de Toén, al considerar "no haber lugar" ni al recurso del condenado ni al de la acusación particular, ejercida por el padre de la víctima.

La Audiencia de Ourense había impuesto, en septiembre de 2012, una condena de 18 años de prisión a Javier Cruz por el asesinato de Laura Alonso, del cual el tribunal del jurado lo había declarado culpable. No obstante, el autor confeso del crimen presentó un recurso de apelación ante el TSXG, que lo aceptó parcialmente el pasado mes de febrero y lo absolvió de asesinato, al no quedar probado que existiese alevosía.

Ahora la sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso Europa Press, está de acuerdo con el fallo del TSXG, que había estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto y había rebajado la condena de Javier Cruz, al considerarlo culpable de un delito de homicidio, pero no de asesinato, por el cual había sido condenado en primera instancia.

El Supremo rechaza el recurso de casación interpuesto por Javier Cruz González, en el que pedía que no se le aplicasen las agravantes de abuso de superioridad y parentesco, entre otros puntos. El alto Tribunal, en sentencia con fecha del pasado 11 de julio, respalda la existencia de una relación de noviazgo entre el condenado y la víctima y ve "plenamente acertada" que se declare que concurre esta circunstancia.

ARGUMENTOS

Asimismo, subraya que el TSXG "motiva exhaustivamente" la agravante de abuso de superioridad "para excluir, precisamente, la más grave calificación de alevosía". El alto tribunal tampoco acepta que la defensa del condenado alegue colaboración con la Justicia, puesto que "se considera probado expresamente el abandono del cadáver y ocultación de éste, así como de sus pertenencias", además de que se deshizo de pruebas y "dificulta la investigación".

El Supremo estima que "resulta evidente la irrelevancia" de una prueba propuesta por la defensa, ya que recuerda que facultativos del Instituto Nacional de Toxicología afirmaron "sin lugar a dudas, que la muerte se produjo por estrangulamiento, independientemente del estado previo de la víctima, como evidenciaban las huellas dejadas en el cuello de la mujer por la presión realizada por la chaqueta utilizada para causarle, de esta forma, la muerte".

Acusación particular

La Sala de lo Penal del Supremo tampoco acepta el recurso de la acusación particular ejercida por Cesáreo Alonso Olleros, padre de la víctima, en el que defendía la nulidad del fallo dictado por el TSXG el pasado mes de febrero, que rebajó en tres años la condena.

El recurso de casación de la familia de Laura Alonso intentaba confirmar la existencia de la agravante de alevosía en el crimen, que había sido revocada por el TSXG porque esta circunstancia es clave para diferenciar el asesinato del homicidio. Sin embargo, el Supremo cree que el relato de los hechos "no permiten construir la referida alevosía".

La sentencia del TSXG del pasado 5 de febrero también condenaba a Javier Cruz González a inhabilitación absoluta durante los 15 años de condena y a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice a los padres de Laura Alonso con 200.000 euros, más intereses legales. Los términos de la indemnización a la familia de la víctima se habían mantenido inalterados respecto a la sentencia de la Audiencia de Ourense.

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