El PSOE quiere incluir las "expropiaciones forzosas" a los bancos en la Ley Antidesahucios

El cartel de 'Se Vende' en la fachada de un edificio de pisos.
El cartel de 'Se Vende' en la fachada de un edificio de pisos.
CH. LIZARRALDE
El cartel de 'Se Vende' en la fachada de un edificio de pisos.

EL PSOE ha presentado este viernes en el Congreso de los Diputados una propuesta de "expropiación forzosa de la vivienda" a los bancos. Esta propuesta de los socialistas sería una enmienda a la futura ley antidesahucios.

Esta idea ya había sido anunciada por el líder socialista, Alfredo Pérez Rubalcaba, que respaldó públicamente el decreto andaluz aprobado por la Junta esta semana y que va en la línea de expropiar las viviendas a las entidades financieras e inmobialiarias en caso de necesidad.

La responsable socialista de Vivienda, Leire Iglesias, ha explicado en rueda de prensa que entre las propuestas de modificación del PSOE al proyecto de ley de Deudores hipotecarios, de reestructuración de la deuda y del alquiler social resultado de la fusión del proyecto de ley del Gobierno y de la iniciativa legislativa popular de dación en pago se cuenta una que recoge literalmente la medida aprobada esta semana por Andalucía.

En concreto, la enmienda prevé que la cobertura de las necesidades de vivienda de los ciudadanos sea declarado "interés social", previendo así la posibilidad de expropiación forzosa del uso de la vivienda por un plazo máximo de tres años, cuando la propiedad sea de una entidad financiera, filial inmobiliaria o entidad de gestión de activos. Transcurrido ese tiempo, la propiedad recuperará el uso de la vivienda.

Debe ser vivienda "habitual y única"

Los beneficiarios de esta posibilidad deberán ser deudores de buena fe cuyas circunstancias económicas hayan variado sustancialmente en los últimos años que la carga hipotecaria sobre los ingresos familiares se haya multiplicado por 1,5, que destinen al menos un tercio de sus ingresos a pagar la vivienda, siempre que no superen en tres veces al IPREM.

Además, debe tratarse de la vivienda habitual y la única en propiedad de la unidad familiar, y ha de constatarse que el lanzamiento "puede generar una situación de emergencia o exclusión social" mediante informe de los servicios sociales del municipio.

De hecho, aunque los expedientes se resolverán en orden de registro, se dará prioridad a los casos en que el lanzamiento sea inminente o aquellos de "especial vulnerabilidad", como son las familias con menores de edad, mayores dependientes, discapacitados, víctimas de violencia de género o parados sin prestaciones, así como quienes tengan una vivienda con protección pública.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento