La reforma legal de Gallardón impedirá a partidos y sindicatos ser acusación popular

  • Los fiscales dirigirán la investigación de los procesos judiciales pero no podrán dictar medidas cautelares que quedarán reservadas al juez.
  • El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, estudia ya el borrador de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial elaborada por una comisión.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.
Javier Lizón / EFE
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.

La propuesta del Código Procesal Penal presentada al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, otorga la dirección de la investigación a los fiscales, impide presentarse como acusación popular a partidos y sindicatos y elimina el término "imputado" para eliminar su carga "peyorativa", además de permitir al juez inhabilitar provisionalmente a cargos públicos.

Estas son algunas de las medidas más significativas que figuran entre los 707 artículos del texto llamado a sustituir a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que data de 1882 y que tiene más de 60 modificaciones parciales en su articulado.

Según la nueva normativa, los fiscales (nombrados por el Estado) pasarían a controlar las pesquisas. De ser aprobada, los investigadores tendrían seis meses para poder indagar antes de presentar su escrito de acusación, aunque podría alargarse hasta 36 meses para casos complejos como las que versen sobre grupo organizados.

El borrador contempla la posibilidad de que el tribunal acuerde la inhabilitación cautelar de los servidores públicos inmersos en causas penales. Podrán ser inhabilitados los funcionarios o autoridades en el ejercicio de sus cargos cuando exista "un peligro concreto de reiteración delictiva" durante la tramitación del procedimiento y siempre sopesando las obligaciones de su función.

Los aforados, como en el caso de Francisco Camps, quedarían fuera de la posibilidad de ser examinados por un jurado popular. El secreto de la investigación se fija en un plazo máximo de seis meses o de doce cuando se dirija contra grupos organizados.

Más escuchas, menos acusaciones populares

Dos de los puntos más relevantes son los referidos a las escuchas telefónicas y el ejercicio de la acción popular. Los expertos sugieren eliminar parte de las restricciones existentes para que los jueces puedan autorizar escuchas durante un tiempo que no supere el año cuando los hechos punibles se produzcan en el seno de una red criminal, se cometan a través de instrumentos informáticos o en delitos dolosos castigados con una pena con un límite máximo de, al menos, tres años de cárcel.

Si se aprobase tal como está, la nueva ley excluiría del ejercicio de la acción popular a los partidos políticos, los sindicatos y a las personas jurídicas públicas o privadas, exceptuando a los colectivos de víctimas en casos de terrorismo.

Además se limitaría a una lista de delitos relacionada con la Administración Pública, la discriminación o el terrorismo: prevaricación judicial, cohecho, tráfico de influencias o aquellos que hayan sido cometidos por funcionarios, ordenación del territorio y el urbanismo, el medio ambiente, delitos electorales, terrorismo o provocación a la discriminación, al odio o a la violencia contra asociaciones.

El nuevo modelo permitiría pactos entre el fiscal y las partes en cualquier momento del proceso y en todo tipo de delitos, con independencia de la pena que lleven aparejada.

El "encausado"

El texto diseña una nueva estructura del juicio y fija el lugar de testigos, víctimas y acusados. El imputado deja de serlo y pasa a denominarse "encausado". Este no declarará al inicio del juicio, como venía siendo hasta ahora, sino que lo hará "única y exclusivamente" a instancias de su abogado cuando se hayan practicado los medios de prueba en su contra.

La norma dedica un capítulo íntegramente al 'Estatuto Procesal de la Víctima' con los derechos y potestades de quienes sufren el delito. Se incluye la posibilidad de que el tribunal evite la confrontación visual de la víctima con el encausado cuando le genere "terror, humillación o sufrimiento".

El nuevo modelo ha sido elaborado por una comisión de expertos a petición del Gobierno presidida por el magistrado del Tribunal Supremo y exfiscal Manuel Marchena. Forman parte de la misma el catedrático de Derecho Procesal y abogado Nicolás González-Cuellar, el catedrático de Derecho Penal Luis Rodríguez, los fiscales Antonio del Moral, Gabriela Bravo y Jaime Moreno y los magistrados Jacobo López y Jaime Requena.

Ruiz-Gallardón, que recogió este lunes la propuesta, se comprometió a abrir "un debate social" con la voluntad de tener listo un anteproyecto de ley entre octubre y noviembre.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento