Las reformas de Gallardón que han puesto en pie de guerra al sector de la Justicia

Desde su llegada al Ministerio de Justicia en noviembre del año pasado, Alberto Ruiz-Gallardón no ha dejado indiferente a nadie. Desde su polémica sobre la ley del aborto hasta sus controvertidas reformas, el exalcalde madrileño ha logrado a unir a diferentes niveles de la Justicia para clamar en su contra. Jueces, abogados, fiscales, y hasta el propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuestionan las medidas que pretende adoptar el ministro.

Código Penal

El anteproyecto para reformar el Código Penal español, aprobado el pasado mes de octubre por el Consejo de Ministros, ha despertado críticas y ciertas dudas sobre su constitucionalidad. Esta reforma del Código Penal no se podrá aplicar de forma retroactiva, aunque el ministro de Justicia ha aclarado que sí se podría hacer "en aquellos casos en que sea más favorable que la norma actual para el acusado". Los principales cambios que se introducirían son:

  • Prisión permanente revisable: se aplicará a los homicidios terroristas, pero también a los cometidos contra el rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros. Igualmente, se podrá aplicar a ciertos crímenes que causan especial repulsa social, cuando la víctima sea menor de 16 años o especialmente vulnerable o cuando exista también delito contra la libertad sexual, entre otros. Según el CGPJ, resulta cuanto menos dudoso que una privación de libertad potencialmente perpetua sea conciliable" con la reinserción contemplada en el artículo 25.2 de la Constitución.
  • Custodia de seguridad: se trata de una medida privativa de libertad para delitos especialmente graves y casos excepcionales, que, con una duración máxima de 10 años, se aplicará una vez cumplida la pena de prisión después de que el tribunal valore la peligrosidad del penado. El máximo órgano de los jueces no comparte los tiempos impuestos por la medida, porque "aunque la ley fija una duración máxima" de diez años, tras ella "se impondrá de modo obligatorio la medida se seguridad de libertad vigilada, que puede llegar a ser ilimitada".
  • Protección de las mujeres: a partir de ahora serán tipificadas como delito diversas conductas de acoso como los actos reiterados de "acecho u hostigamiento", así como el "uso indebido de datos personales", que podrán ser penados con hasta dos años de prisión. Asimismo, se penará con hasta tres años de prisión el "matrimonio forzado", tipo que será agravado si ese matrimonio forzado obliga a alguno de los contrayentes a abandonar el territorio nacional.
  • Incitación al odio y la violencia: se incluyen en el anteproyecto delitos relacionados con la "incitación al odio o a la violencia" y que lesionen la dignidad de las personas. Se tipificará la incitación al odio o la violencia por raza, religión u origen, así como el negacionismo de crímenes de genocidio, contra la humanidad o de guerra, y en este capítulo se castigará específicamente los actos de negación del Holocausto. La nueva regulación de estos delitos se hará de acuerdo a la doctrina constitucional.
  • Alteración del orden público y otras figuras delictivas: se modifican también varias figuras delictivas, como los delitos contra la propiedad y la estafa; los de atentado -se agrava cuando se utilicen objetos que conlleven peligro para la integridad del agente-; resistencia y desobediencia; el delito de detención ilegal con desaparición de la persona -se equipara a la de homicidio-; el delito de provocación de incendios -se aumentan las penas-; y el de malversación que, en el casos de los funcionarios, no implicaría enriquecimiento. En cuanto a la alteración del orden público, se castigará "la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público", dejando claro que esto no se aplica "a la simple convocatoria a movilizaciones, sino la incitación a cometer actos de violencia constitutivos de desórdenes graves en esas convocatorias".

Tasas judiciales

Las nuevas tasas judiciales aprobadas por el Gobierno, que aún no han entrado en vigor debido a que no están listos los formularios, ha despertado indignación no solo entre abogados y jueces, sino también entre la población en general.

El Gobierno defiende que dichas tasas pretenden paliar la saturación de los juzgados, además de contar con unos mayores recursos para mejorar la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita.

La ley fija en lo civil una tasa de 300 euros por un recurso ordinario y 800 por un recurso de apelación y 1.200 por el de casación. En lo contencioso-administrativo el recurso ordinario son 350 euros. Mientras, en lo social, el recurso de suplicación son 500 euros y el de casación, 750 euros. Otros ejemplos de cómo quedarán los pagos tras la aplicación de la medida son:

  • Recurrir una sanción de tráfico leve (multas de hasta cien euros) supondrá 200 euros en tasas, el doble de la cuantía de la multa.
  • La custodia de los hijos o las reclamaciones de paternidad siguen siendo gratuitas, pero en un divorcio común, sin liquidación de sociedad de gananciales, las tasas ascenderán a un total de 1.280 euros.
  • Dos copropietarias de un piso que quieren dividirlo. Si el inmueble, por ejemplo, tiene un valor de 300.000 euros, la tasa sería de 1.800 euros. Si además tienen que interponer recursos, la factura se amplía a 4.100 euros y si se recurriese ante el Tribunal Supremo, habría que añadir 2.700 a la factura.
  • El ocupante de un vehículo que sufre tetraplejia y múltiples lesiones a consecuencia de un accidente de tráfico; entre lesiones, secuelas, invalidez, etc. reclama a las compañías aseguradoras del vehículo en el que viajaba y del tercer implicado 1.300.000 euros. Debería pagar una tasa por interponer la demanda de 300 euros, más el 0,5% de lo demandado hasta el millón de euros y del 0,25% a partir del millón. En total, pagará 6.050 euros. Si tuviera que recurrir a la Audiencia Provincial, 6.550 euros más. Si necesitara llegar hasta el Supremo, otros 6.950 euros. En total, para las tres instancias, le costaría 19.550 euros reclamar lo que hasta hoy sería gratis.

Desde Jueces para la Democracia (JpD) apuntan que las nuevas tarifas crean "en cierto modo dos niveles de Justicia en función de los recursos: los que tengan y los que no". Además, según su portavoz, Joaquim Bosch, para las grandes empresas y las fortunas "no van a suponer ningún problema, pero al ciudadano lo dejan en una situación de desigualdad". Las nuevas tasas impiden a una gran parte de la sociedad la posibilidad de acudir a los tribunales por razones económicas, lo que "resulta contrario al artículo 24 de la Constitución, por lo que la medida presenta serias dudas de constitucionalidad", ha expresado.

Además, la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Poder Judicial, Inmaculada Montalbán, ha alertado de que la Ley de Tasas supondrá un "obstáculo" para que las víctimas de malos tratos soliciten la separación o divorcio de sus agresores. Montalbán aseguró que "será un freno" por el coste al que tendrán que hacer frente.

Condiciones laborables

El desacuerdo con las nuevas leyes en Justicia ha sido prácticamente unánime por parte de los colectivos profesionales que consideran que perjudican sus condiciones de trabajo, pero también el servicio que se presta al ciudadano.

  • Privatización de la gestión de los registros: Gallardón acometerá la privatización de la gestión de los registros Civil, Mercantil y de la Propiedad a través de una reforma legislativa que ya tiene borrador y que establece que estas entidades pasarán a ser llevadas por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantiles de España, en lugar de por los jueces. Según Justicia, los actos habituales para los que se recurre al Registro Civil, como pueden ser la inscripción de nacimientos y las actas de defunción, "seguirán siendo gratuitos para los ciudadanos". Sin embargo, JpD ve "contradictorio" que el Gobierno haya invertido unos 128 millones de euros en la modernización, informatización y digitalización de los registros civiles y que, ahora, "aproveche" esta mejora para asignarla a la "gestión privada con efectos lucrativos para sus gestores".
  • Modificación del sistema de suplencias: el anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), referida a sustituciones, permisos y retribuciones de los jueces, pretende prescindir de los jueces sustitutos y emplearlos "solo en situaciones realmente excepcionales", lo que abriría la puerta a que los jueces titulares tengan que efectuar suplencias en otras salas, además de en las propias. Los opositores a esta medidan aseguran que el objetivo del Ministerio de Justicia es ahorrar costes en un contexto de recortes en el que se intentará "sobrecargar de más trabajo a los jueces titulares".
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