Obras en la comunidad de vecinos: quién, cómo y cuándo

  • Obras en elementos comunes necesitan la unanimidad de todos los propietarios.
  • En el caso de supresión de barreras arquitectónicas, es suficiente con el voto de 3/5 partes de las personas propietarias, que representan 3/5 partes de las cuotas.
Un obrero trabajando con la espátula en un portal.
Un obrero trabajando con la espátula en un portal.
Un obrero trabajando con la espátula en un portal.

La vida en una comunidad de vecinos no es fácil. Cada vecino tiene unos intereses, una actitud y una disposición económica. Por eso es importante saber qué obras pueden emprenderse en la comunidad, cómo se pueden llevar a cabo y cuándo.

La unanimidad de los vecinos puede ser necesaria en muchos casos. En abril del pasado año, el Tribunal Supremo estableció en una sentencia que para hacer obras en elementos comunes de una vivienda es necesario el consentimiento unánime de todos los vecinos. Dijo entonces el Supremo que no basta con la autorización previa y genérica contenida en los estatutos de una comunidad de propietarios.

Así pues, para la realización de obras en los elementos comunes de los edificios, es necesaria la unanimidad de todos los propietarios. En el caso de supresión de barreras arquitectónicas, es suficiente con el voto de 3/5 partes de las personas propietarias, que representan 3/5 partes de las cuotas.

El acuerdo sobre obras para crear nuevas instalaciones y servicios o mejoras de la finca no requiere unanimidad. Puede acordarlas la junta por mayoría de propietarios y cuotas.

En este caso, los que han votado en contra no están obligados a pagarlas si el importe es superior a una mensualidad de los gastos comunes; sin embargo, no podrá utilizar las nuevas instalaciones o servicios y, cuando quiera hacerlo, tendrá que pagar.

En el caso de obras en los elementos privativos, un propietario de un piso o local puede modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios siempre que:

  • No altere la seguridad del edificio, la estructura general ni la configuración o estado exterior
  • No perjudique a otros propietarios

Realizar las reparaciones ordinarias, comunicar a la junta las reparaciones extraordinarias y adoptar las medidas adecuadas en caso de urgencia, es competencia del administrador.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento