Las Juntas Provinciales tendrán competencias sobre medios autonómicos si el tema se refiere a elecciones locales

Las Juntas Electorales Provinciales de la provincia en que radique un determinado medio de comunicación autonómico serán las competentes en dirimir los asuntos que se susciten acerca de las actuaciones de esos medios de comunicación cuando su programación se refiera a las elecciones locales, siempre que coincidan en el tiempo las elecciones autonómicas con las elecciones municipales, como sucede este próximo 22 de mayo.

Las Juntas Electorales Provinciales de la provincia en que radique un determinado medio de comunicación autonómico serán las competentes en dirimir los asuntos que se susciten acerca de las actuaciones de esos medios de comunicación cuando su programación se refiera a las elecciones locales, siempre que coincidan en el tiempo las elecciones autonómicas con las elecciones municipales, como sucede este próximo 22 de mayo.

Así lo ha acordado la Junta Electoral Central, en una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, a raíz de una consulta formulada por el presidente de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, en la que pregunta qué Junta es competente sobre los recursos que se presentan contra actuaciones o programas emitidos por un medio de comunicación cuyo ámbito de difusión sea el de la comunidad autónoma.

El artículo 66 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) establece en su apartado segundo que las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma son competentes "en relación a los medios de comunicación cuyo ámbito de difusión sea la propia Comunidad Autónoma y se celebren elecciones a la Asamblea Legislativa de ésta".

Sin embargo, en su instrucción, la Junta Electoral Central considera que este criterio debe interpretarse en el sentido de que las Juntas Electorales autonómicas son competentes en relación a medios de comunicación de ámbito autonómico "cuando se refieran en su programación a informaciones relativas a las elecciones autonómicas que estuvieran convocadas".

Por lo tanto, cuando coincidan en el tiempo las elecciones autonómicas con las elecciones locales, serán las Juntas Electorales Provinciales de la provincia en que radique el medio "las competentes en relación a los asuntos que se susciten acerca de las actuaciones de los medios de comunicación de ámbito autonómico cuando su programación se refiera a lo que acontezca en las elecciones locales".

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