El Gobierno aprueba un nuevo carné para conducir motocicletas de hasta 500 cc

  • Denominado A2, es un permiso intermedio entre el A1 (motocicletas de hasta 125 cc) y el A (de más de 500 cc).
  • Se ha reformado también la vigencia de los permisos de conducción.
  • La edad para conducir ciclomotores se eleva a los 15 años.
Los cambios en el reglamento de conductores también afectan a la vigencia de los permisos.
Los cambios en el reglamento de conductores también afectan a la vigencia de los permisos.
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Los cambios en el reglamento de conductores también afectan a la vigencia de los permisos.

El nuevo reglamento de conductores que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros contempla la creación de un nuevo carné, el A2, para motocicletas de hasta 500 centímetros cúbicos (cc), que se podrá obtener a partir de los 18 años.

Para conseguir este permiso, a medio camino entre el A1 (motos de hasta 125 cc) y el A (motos de más de 500 cc) de forma directa, habrá que realizar un examen teórico y práctico, aunque si ya se tiene el permiso A1 sólo se pasará una prueba de control de aptitudes y comportamientos. También se podrá obtener de forma progresiva, con más de 20 años de edad y si el aspirante ya dispone del permiso A1 con al menos 2 años de antigüedad.

De esta manera, el permiso para conducir las motocicletas más potentes (A) sólo se podrá alcanzar de forma progresiva, con 20 años cumplidos, 2 años de antigüedad con el A2 y un curso de formación.

Ciclomotores a partir de los 15 años

También se ha modificado el reglamento sobre los ciclomotores, cuya licencia de conducción se denominará a partir de ahora AM y se eleva a los 15 años la edad mínima para poder obtenerlo, que hasta ahora se situaba en los 14 años. Este permiso entrará en vigor en septiembre de 2010.

Además se ha reformado la vigencia de los permisos para adaptarlos a las normas comunitarias. Los permisos AM, A1, A2, A, B y licencias de conducción tendrán una vigencia de 10 años hasta los 65 años de edad y de 5 a partir de esa edad.

Hasta ahora, el periodo de vigencia era de 10 años hasta que el titular cumpliese los 45 años, de 5 años hasta que cumpla los 70, y de 2 años a partir de esa edad.

La mayoría de las modificaciones no entrarán en vigor hasta, al menos, el próximo mes de noviembre.

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