Condenan a un hombre por amenazar a una compañera de trabajo que le rechazó como pareja

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 320 euros por amenazar y pinchar las ruedas del coche de una compañera de trabajo que le rechazó como pareja sentimental, según consta en una sentencia consultada por Europa Press.

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 320 euros por amenazar y pinchar las ruedas del coche de una compañera de trabajo que le rechazó como pareja sentimental, según consta en una sentencia consultada por Europa Press.

La víctima y el denunciado eran voluntarios de la Cruz Roja, y mantenían una relación de amistad cordial, en la que se llamaban y se enviaban frecuentes mensajes telefónicos. A partir de finales de marzo de 2010, la amistad se deterioró porque la mujer le dijo que sólo quería ser amiga suya, pero no mantener una relación sentimental.

Tras ello, el 11 de junio del mismo año, al vehículo que solía conducir la mujer, propiedad de su padre, le pincharon las ruedas cuando estaba estacionado en la calle Bailén de Alzira.

Dos días más tarde, sobre las 22.00 horas, cuando la mujer estaba en su coche con unas amigas, recibió una llamada del denunciado —en la que saltó el manos libres— y le dijo: 'lo del coche es una tontería, te voy a matar'. Además, durante las fiestas de Pascua, el hombre se saltó un stop cuando la denunciante cruzaba una calle, aunque no ocurrió nada.

Por otra parte, el hombre esperaba con frecuencia en la calle a su compañera, algunas veces en la puerta de su casa, a pesar de su mala relación. También le seguía por la calle.

Por estos hechos, el titular del juzgado de Instrucción número 1 de Alzira condenó al hombre a pagar una multa de 320 euros por una falta de daños y otra de amenazas, y le obligó a indemnizar a la mujer con 226,15 euros por los daños ocasionados en el vehículo.

Contra esta resolución, se interpuso un recurso, y la Audiencia lo ha desestimado al entender que ha quedado plenamente acreditado los elementos que integran el tipo penal de la falta de daños y la falta de amenazas, y la participación del denunciado en los mismos.

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