El TS absuelve a 'El Yeyo', a los otros dos narcotraficantes y a sus 'topos' en la Policía

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto al narcotraficante conocido como 'El Yeyo', a los otros dos narcotraficantes y al agente del Cuerpo Nacional de Policía de los delitos de cohecho por los que habían sido condenados en la Audiencia Provincial de Huelva a hasta cuatro años de prisión.
Sede del Tribunal Supremo
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto al narcotraficante conocido como 'El Yeyo', a los otros dos narcotraficantes y al agente del Cuerpo Nacional de Policía de los delitos de cohecho por los que habían sido condenados en la Audiencia Provincial de Huelva a hasta cuatro años de prisión.

Asimismo, y también en contra de lo que había pedido el fiscal, ha absuelto al otro policía implicado del delito de revelación de secretos por el que había sido condenado. El Supremo tampoco ha accedido a las pretensiones del Ministerio Fiscal para que se condenase a un tercer agente (M.A.E.), inicialmente absuelto, por vender material falsificado y únicamente ha mantenido la condena impuesta al primero de los policías por otros dos delitos.

El fiscal del Tribunal Supremo había solicitado a la sala la confirmación de las condenas impuestas a Sergio M.C., 'El Yeyo', a A.S.A. y R.B.G., como 'camellos', y al agente del Grupo de Estupefacientes de la Comisaría de Huelva M.F.F. argumentando la validez de las conversaciones telefónicas intervenidas judicialmente en las que se basaron las condenas al entender que pusieron de relieve que los policías "ayudaron a impedir el control" al que los narcotraficantes estaban siendo sometidos.

Durante la vista de casación celebrada ante el alto tribunal, el fiscal defendió que los agentes facilitaron a los otros condenados "información importante desde un punto de vista policial". "No se facilita información de manera altruista sin que necesariamente tenga que haber una contraprestación del tipo que sea, que no necesariamente tiene que ser económica", afirmó entonces.

Sin embargo, el Supremo entiende que las mencionadas conversaciones telefónicas no pueden usarse para condenar o absolver a los acusados al no ser un dato cierto que los actos que en ellas se trataron fueran próximos a la fecha en la que se grabaron.

Por su parte, los abogados de los condenados defendieron, entre otros motivos de casación, que las escuchas no estuvieron suficientemente justificadas y que la entrega concreta de dinero, dádivas o regalos no ha podido demostrarse más que a partir de "conversaciones inicuas".

El tribunal apoya calificar de "insuficientes" los indicios de la Audiencia onubense para justificar los delitos de cohecho. La sala mantiene así que no hay "datos ciertos acreditados, que no sean la simple revelación de secretos" y que se encuentra "huérfana de cualquier acreditamiento o soporte probatorio indirecto relativo a la entrega o promesa de entregar alguna cosa de valor o realizar algún favor en beneficio de los recurrentes".

La investigación de este caso se abrió en el mes de noviembre de 2004 por la presunta actividad delictiva del agente destinado en el Grupo de Estupefacientes, del que se sospechaba que daba cobertura a conocidos delincuentes de la capital por su dedicación al tráfico de drogas. Las pesquisas finalizaron en julio de 2005, con la detención de 'El Yeyo' y de otras seis personas entre las que figuraban tres agentes de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado.

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