El TS desestima los recursos contra la absolución de la acusada de la muerte de su suegra en Neda (A Coruña)

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos de casación de la Fiscalía y acusación particular contra la sentencia absolutoria de R.G., acusada de la muerte de su suegra en el municipio coruñés de Neda en septiembre de 2002, tras haber sido rechazada también por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la petición de que se repitiera el juicio.

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos de casación de la Fiscalía y acusación particular contra la sentencia absolutoria de R.G., acusada de la muerte de su suegra en el municipio coruñés de Neda en septiembre de 2002, tras haber sido rechazada también por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la petición de que se repitiera el juicio.

Según el fallo de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, al que tuvo acceso Europa Press, "no ha lugar al recursos de casación" contra la sentencia del TSXG de 9 de marzo de 2010, que había desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña del 19 de octubre de 2008 por delito de asesinato.

El Supremo argumenta que "basta releer" los recursos "para comprender que, por más que enfatizan que los medios de prueba podrían justificar una condena sin quiebra de la presunción constitucional de inocencia, no llegan a afirmar que tales medios justifiquen tal condena" de tal manera que, añade, "la absolución resulte fruto de un error valorativo patente o carente de toda razonabilidad lógica".

Dolores Pereira Martínez apareció muerta en su casa de Neda en la mañana del 23 de septiembre de 2002 con diversos golpes en la cabeza, propinados "de manera repetida y con extrema violencia", según recoge la sentencia, en la que se señala también que el cuerpo fue rociado "con un producto corrosivo".

El hijo de la principal inculpada y nieto de la víctima, que entonces tenía 15 años, se autoinculpó en un principio de los hechos y fue condenado como autor único de los hechos por un tribunal en sentencia de conformidad a ser internado dos años en un centro terapéutico, de los que debía cumplir 22 meses en un centro de internamiento efectivo y dos en libertad vigilada.

Su madre llegó a ser condenada por un jurado popular a 17 años de prisión por un juicio que se celebró en la Audiencia Provincial de A Coruña y en el que su ex marido e hijo de la fallecida ejerció la acusación particular.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revocó más tarde esa sentencia de condena, por lo que se celebró una nueva vista con jurado, aunque el magistrado-presidente lo disolvió al considerar que no había pruebas de cargo suficientes. También absolvió a la acusada al entender que no estaba acreditada su participación en los hechos.

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