Las peñas han sido un elemento fundamental en las fiestas de los pueblos y ciudades, aglutinando a los ciudadanos, principalmente a la juventud, sirviendo de punto de encuentro y diversión, y colaborando en muchos casos activamente con los ayuntamientos y comisiones de festejos en la organización de actos festivos.
Estas normas son de aplicación en el término municipal de Barbastro a las peñas y garitos que se establezcan con motivo de las fiestas patronales, según ha informado el consistorio en una nota de prensa. La ordenanza establece qué tipo de locales están sujetos a esta normativa y las fechas de su apertura y cierre, que deben ajustarse al calendario oficial de las fiestas patronales.
Los interesados en abrir un local como sede de una peña o garito deben solicitar al ayuntamiento una autorización para su apertura. Los locales, que necesariamente deben tener acceso directo a la vía pública, deben reunir buenas condiciones de habitabilidad y ventilación, disponer de luz eléctrica, aseos, agua corriente y extintor, quedando expresamente prohibido el almacenamiento y colocación de enseres o material que pueda producir riesgos.
La normativa establece multas que oscilan entre los 150 euros de las leves a los 500 como máximo de las graves para los infractores que incumplan alguno de los puntos establecidos en esta ordenanza.
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