Concluye "sin avenencia" la conciliación de la adhesión de Ponce al ERE y el caso deriva en demanda

El ex director adjunto, imputado en las dos líneas del caso Mercasevilla, reclama su incorporación al ERE en función del convenio

El Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC) ha cerrado hoy "sin avenencia" un acto celebrado en torno a la papeleta de conciliación promovida por el que fuera director adjunto de la sociedad mixta Mercasevilla Daniel Ponce, imputado en las dos líneas de investigación incoadas por el Juzgado de Instrucción número seis, ante la negativa de la nueva directiva a su adhesión al vigente expediente de regulación de empleo (ERE), después de haber sido readmitido gracias a una sentencia del Juzgado de lo Social número once que declaraba "improcedente" su despido.

Según informó a Europa Press el abogado de Daniel Ponce, Simón Fernández, la sede del CMAC acogió hoy un breve acto de conciliación que concluyó "sin avenencia" al no aceptar la representación de la sociedad mixta, participada por el Ayuntamiento hispalense y Mercasa, la mencionada papeleta, que defendía "la inclusión de Ponce en el ERE en virtud del vigente convenio colectivo".

Salvado este peldaño, Simón Fernández anunció que elevará a la vía Social una demanda contra Mercasevilla, al objeto de impugnar su negativa a permitir que el ex director adjunto se adhiera a las pre jubilaciones comprendidas en el expediente de regulación de empleo aún en vigor.

Fue en torno al 25 de marzo, día en el que el consejo de administración de Mercasevilla formuló las cuentas de 2009 con pérdidas por valor de más de 4,1 millones de euros, cuando Ponce cumplió 50 años y, en función de los términos del citado ERE, solicitó su adhesión con visos a su pre jubilación.

El despido de ponce

El fallo relativo al despido, recogido por Europa Press, considera probados que Ponce realizó en 2007 y 2008 dos viajes a Vietnam con la asociación de mayoristas de pescado. En el primero de ellos recibió para el viaje 7.049 euros y devolvió 1.920,62 euros a la empresa tras haber anticipado 2.500 euros. En el segundo, recibió 4.367,67 euros y devolvió 1.392,46 euros, además de justificar gastos en comida, transportes y alojamiento por valor de 1.308,12 euros y entregar justificantes por el gasto de 560,80 euros en bebidas alcohólicas y masajes.

La sentencia reconoce, de hecho, que no se ha acreditado que Ponce justificase los gastos de su viaje a Vietnam en 2007, toda vez que entiende que los derechos fundamentales del demandante no se han visto vulnerados y no existió "acoso laboral en forma alguna".

De hecho, las causas alegadas por la empresa para su despido aludían a la falta de justificación de gastos de viaje, la entrega de 9.300 euros en concepto de beca a un "tercero ajeno a la empresa", concretamente Carmen V.M., y la participación en hechos "que podrían ser constitutivos de delito" con "ocultación", negligencia y "absoluta falta de control y desorganización" en la gestión empresarial, entre otros aspectos.

No obstante, en cuanto al acto de despido en sí, advierte el juzgado de que "ha de quedar acreditado la realidad y entidad de las faltas atribuidas al trabajador", aunque en este caso la ausencia de justificación de los gastos realizados en Vietnam habrían prescrito, según el contenido de la sentencia, que además advierte de que los hechos imputados por estos viajes "están debidamente contabilizados y hubiera bastado el mero cotejo para ver que las cuentas no cuadraban y para eso no hace falta una auditoría ni pericial económica alguna".

"tolerancia" de la empresa a las "irregularidades"

Además, entiende la sentencia que aunque no estuvieran prescritos los hechos, se dio una "clara situación de tolerancia de la empresa ante el comportamiento del trabajador, que pese al enorme gasto sin justificar o con justificaciones claramente inadecuadas, no realiza ni un solo requerimiento para que se subsane la omisión".

De hecho, el juzgado admite las "irregularidades" en la justificación de los gastos, pero advierte del "concurso" de la propia empresa, que tenía a su "disposición" los justificantes de gastos del viaje de 2008 y "ni siquiera se molestó en requerir" los del viaje de 2007.

En cuanto a la entrega del dinero de la mencionada beca, se trataría de hechos "prescritos" y "no se acredita" suficientemente que Ponce ordenara el pago de esta partida, toda vez que en lo que al supuesto intento de cobro de comisiones ilegales, extremo investigado por el Juzgado de Instrucción número cinco con la propia imputación de Ponce, "no se considera suficientemente acreditado" que el demandante tomase parte en las conversaciones grabadas que sustentan el caso, si bien es "inexplicable" que la propia empresa no haya propuesto como pruebas otros recursos al margen de su declaración ante la Policía Nacional.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento