El 58,5% de las sociedades gastronómicas no admite a mujeres socias, pero sí lo hace un 63% de las creadas desde 1998

Los argumentos para no admitir a mujeres se sustentan en la tradición como algo "incuestionable"

El 58,5 por ciento de las sociedades gastronómicas de la Comunidad Autónoma Vasca excluye a las mujeres como socias, aunque un 63 por ciento de las creadas a partir de 1998 sí las acepta, según se recoge en el informe "La relevancia e impacto social de las sociedades gastronómicas" elaborado por la Defensoría para la Igualdad de mujeres y hombres del Gobierno vasco.

Para la realización de este informe se han entrevistado 323 sociedades gastronómicas para analizar las consecuencias, motivos, significados y mecanismos de restricción de la participación de las mujeres en condiciones de pleno derecho.

En concreto, se han realizado dos estudios distintos, uno etnográfico sobre la relevancia e impacto social de las Sociedades Gastronómicas y, por otra parte, se ha analizado el marco jurídico de regulación de las Sociedades Gastronómicas en materia de igualdad de trato y no discriminación por razón de sexo.

En el análisis antropológico se describen las características de las sociedades gastronómicas (origen, evolución, participación de las mujeres, implicación del entorno y funcionamiento); su impacto social en cuanto a la dinamización social, la identidad y redes de relaciones; y cuestiones relativas a las restricciones en el acceso de las mujeres a sociedades gastronómicas, abordando los mecanismos de exclusión, identidad masculina y evolución.

El 58,5 por ciento de las 323 sociedades entrevistadas para la elaboración de este estudio, excluye a las mujeres como socias de las mismas. En Gipuzkoa, aunque el porcentaje de sociedades gastronómicas que restringen la admisión de socias es importante (45,8%), en la mayoría de ellas (54,2%), las mujeres son socias de pleno derecho. Sin embargo, la mayoría de sociedades gastronómicas de Bizkaia (79%) y de Álava (59,6%) restringen la participación de las mujeres en calidad de socias.

En cuanto a las sociedades gastronómicas que admiten o no admiten mujeres socias, el informe señala que la tendencia a la "no admisión" es más frecuente en las sociedades ubicadas en las capitales de provincia (71,1%) y ciudades de población media (69,8%).

Tamaño de las sociedades

Los datos relativos al tamaño de las sociedades gastronómicas (número de personas socias), y la política de admisión a las mismas, señalan que las franjas de 20-50 y 50-100 personas socias son las que aglutinan el mayor número de sociedades gastronómicas, el 68,7 por ciento y también son las que demuestran la tendencia a "no admitir" mujeres socias, el 75 y el 61,2 por ciento, respectivamente.

En el informe extraordinario elaborado por la Defensoría para la Igualdad se aprecia que aunque la mayoría de sociedades gastronómicas de la Comunidad Autónoma Vasca "no admite" a mujeres socias, la evolución de la última década es "alentadora", puesto que casi dos tercios (63%) de las sociedades creadas a partir del año 1998 sí admite a mujeres socias.

Estudio antropológico

El estudio antropológico, pone de manifiesto las restricciones de acceso a las mujeres a estas sociedades y las explicaciones que se dan para ello. Estos argumentos se sustentan en la tradición como algo incuestionable y los estereotipos creados para mantener un régimen jerarquizado, en este caso de género, explicaron desde la Defensoría de Igualdad.

El estudio jurídico que compone la segunda parte del informe sobre la relevancia y el impacto social de las sociedades gastronómicas, analiza el derecho de asociación y su límite: la igualdad de trato. Se exponen cuestiones relativas a la observancia o incumplimiento del principio de igualdad de trato de mujeres y hombres por parte de las sociedades gastronómicas, se enumera la conducta proactiva que las leyes exigen de las instituciones públicas con el fin de garantizar la igualdad de trato y erradicar situaciones discriminatorias hacia las mujeres.

En el análisis de los Estatutos de las sociedades gastronómicas, se ha evidenciado que existen tres tipos de sociedades: las de carácter mixto y dos tipos de sociedades en función de su presunta discriminación por razón de sexo.

Según el informe, existen la sociedades gastronómicas en las que "estatutariamente el ser varón es condición necesaria para la admisión y/o para la transmisión 'inter vivos/mortis causa' de la condición de socio". Además, hay otras cuyos Estatutos no indican expresamente la admisión como socios a los hombres y mujeres, "se guarda silencio al respecto y se exige para el ingreso como socios requisitos formales, que pese a su apariencia neutra pueden llegar a ser un instrumento real de discriminación por razón de sexo", explicó la Defensoría

Los socios de las sociedades gastronómicas no avalan las candidaturas de las mujeres por convicción sobre el efecto beneficio de la exclusión de las mismas del entorno asociativo o por temor de estos socios a una ulterior expulsión de la sociedad como represalia por su apoyo a las mujeres.

La Defensoría de Igualdad subrayó que ambas situaciones de exclusión "vulnerarían la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007 y la Ley 4/2005, y se podrían encuadrar en tipos previstos en el Código Penal, como así lo han manifestado sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional".

El informe señala que las sociedades gastronómicas, "como importantes dinamizadoras y protagonistas a nivel social y cultural, son un lugar de creación y perpetuación de redes de influencia y poder, así como un acceso a fuentes de prestigio".

"Recrean y perpetúan una manera de entender las relaciones de género que implica una jerarquización sexual que resulta en detrimento de las mujeres y las sociedades gastronómicas que no permiten a las mujeres ser socias vulneran una serie de derechos", concluye.

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