Convocadas las subvenciones de Trabajo con cargo al Fondo de Ayuda Sindical, que tendrán una cuantía de 600.000 euros

La Consejería de Trabajo y Empleo de Castilla-La Mancha ha publicado la orden que aprueba las bases y convoca las subvenciones con cargo al Fondo de Ayuda Sindical para la elaboración y desarrollo de actividades de acción sindical de los representantes de los trabajadores, para lo cual se ha establecido una cuantía total de 600.000 euros.

Según publicó el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y recoge Europa Press, se podrán acoger a la convocatoria aquellas organizaciones sindicales legalmente constituidas y con representación en Castilla-La Mancha que se encuentren al corriente de obligaciones tributarias tanto a nivel estatal como autonómico, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

Además, en caso de que los beneficiarios estén sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, y no deben haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.

Tampoco podrán estar incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones. En estos casos, todas las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Trabajo e Inmigración.

Así, se podrá entregar en las Delegaciones Provinciales de Trabajo y Empleo o en la propia Consejería de Trabajo y Empleo en la región, mediante llamada al teléfono 012, a través de la dirección de Internet www.jccm.es o a través del fax de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia.HASTA 600.000 EUROS

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días desde el día siguiente a la publicación de la presente orden de convocatoria en el Diario de Castilla-La Mancha y la cuantía total máxima a conceder para este programa será de 600.000 euros.

El pago de las cantidades resueltas se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria de los vigentes presupuestos de gastos de la Consejería de Trabajo y Empleo. En este sentido, el primer 50 por ciento de la cuantía se abonará en el momento de dictarse la resolución de concesión, con un plazo de justificación del pago hasta el 31 de julio.

Por otra parte, el 50 por ciento restante se entregará antes del 30 de septiembre. En este caso, para recibir el 50 por ciento restante será preciso que lo soliciten previamente las Organizaciones Sindicales correspondientes y acrediten la realización de las actividades que motivaron la concesión, mediante la presentación de una memoria junto con las facturas, recibos o documentos acreditativos de los gastos realizados.

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