La defensa del empresario acusado en el caso de las facturas de Baena pedirá su libre absolución

La acusación pide 18 años para los funcionarios y no acusa al empresario, aunque sí lo hace el fiscal

La defensa del empresario baenense, A.J.G.R., cuya denuncia originó en 2007 el caso de las llamadas 'facturas falsas' de Baena (Córdoba) y que ahora será juzgado en la Audiencia Provincial de Córdoba, junto a dos funcionarios del Ayuntamiento de Baena, pedirá la "libre absolución" para el mismo.

Según dijeron a Europa Press fuentes de la defensa del empresario, la petición de libre absolución está justificada, pues "es inocente de todos los cargos de los que, además, sólo le acusa el fiscal", ya que la acusación popular ha "sorprendido gratamente" a la defensa al "no hacer mención" al empresario "y no pide la apertura del juicio oral con respecto a él".

Por ello, la calificación que presentará la defensa del empresario mostrará su "disconformidad con la narración de los hechos formulada por el ministerio fiscal", al entender que A.J.G.R. "no ha cometido delito alguno, ni le corresponde asumir ninguna responsabilidad civil por los hechos".

En este sentido, la defensa del empresario, cuya denuncia y autoinculpación, de la que luego se retractó, fue la que dio origen al caso en el verano de 2007, considera que "se ha acreditado la ejecución de la mayor parte de las obras" a las que se refieren las supuestas facturas falsas, que, en ese caso, serían auténticas y corresponderían a trabajos realmente realizados, mientras que "el resto de obras no se ha podido acreditar que no se hayan ejecutado realmente".

Acusación popular

Por su parte, la acusación popular ya solicitó hace tres semanas la apertura de juicio oral y formuló escrito de acusación contra los dos empleados municipales imputados, R.S.C. y J.D.P, para los que pide un total de 18 años de prisión, pero no acusa ni pide pena alguna para el empresario, al que fiscal sí que acusa.

El escrito de la acusación popular, que ejerce la edil de IU en el Ayuntamiento de Baena, María Jesús Muñoz, difiere del ya formulado por el fiscal el pasado enero, no sólo en que no se acusa al empresario, para el que el fiscal pide seis años de prisión como presunto autor de un delito continuado de falsificación de documento mercantil y oficial, sino también en que a los dos funcionarios municipales la acusación los considera los presuntos autores de un delito continuado de estafa, al igual que el fiscal, pero entendiendo un agravante su condición de funcionarios públicos.

Ello determina que la acusación popular pida que se condene a cada uno de los trabajadores municipales a nueve años de prisión, por los seis que pide el fiscal, además de que se les imponga una "multa de 30 meses, a razón de 30 euros diarios, y responsabilidad penal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago", además de que se hagan cargo de las "costas de la acusación popular".

El fiscal

Frente a ello, el fiscal entiende que el empresario es el presunto autor de un delito continuado de falsificación de documento mercantil y oficial, mientras que los dos funcionarios municipales, R.S.C. y J.D.P, son para el ministerio público los presuntos autores de un delito continuado de estafa, en el que el empresario sería, además, "cooperador necesario".

En concreto, la fiscalía pide que se condene al empresario a seis años de prisión, y entiende que debe imponerse igual pena de cárcel para cada uno de los dos empleados municipales. Además, en cuanto a la responsabilidad civil, el ministerio público considera que los tres acusados deben indemnizar, "conjunta y solidariamente", al Ayuntamiento de Baena en la cantidad de 37.434 euros, que son los que supuestamente han estafado mediante el cobro al Ayuntamiento de once facturas por trabajos que, supuestamente, no se realizaron.HECHOS

A este respecto, la calificación fiscal establece que, durante los años 2005, 2006 y 2007, el acusado, propietario de una empresa de carpintería metálica, "previamente concertado" con los dos funcionarios municipales y con "la finalidad de obtener un beneficio económico injusto y a sabiendas de que no se había realizado ninguna de las obras, elaboró a nombre del Ayuntamiento de Baena, anotó en su contabilidad como empresario, presentó y cobró de la Corporación local de Baena por trabajos que no había realizado y que correspondían a contratos menores" un total de once facturas.

Después, según el relato de los hechos de la fiscalía, "una vez presentadas al Ayuntamiento las facturas" por el empresario, los dos funcionarios, "a sabiendas de que no se correspondían con la realidad, se encargaban de que las citadas facturas fueran incorporadas a los correspondientes expedientes administrativos y tramitadas, para que fueran abonadas en la cuenta" del empresario. Cuando las facturas eran abonadas en la cuenta corriente de éste, el empresario "descontaba la cantidad correspondiente al IVA, que quedaba en su poder, y entregaba en metálico el importe restante de las mismas" a los dos empleados públicos, "que incorporaban a su patrimonio particular" ese dinero.

El ministerio público, que no ha visto en estos hechos que se haya cometido un delito de malversación de caudales públicos, que era una de las imputaciones que pesaba en la fase de instrucción sobre los ahora acusados, entiende, por otro lado, que debe procederse al "sobreseimiento provisional de la causa" respecto a los otros dos empresarios baenenses que estaban igualmente imputados en este procedimiento, pues considera que ninguno de los dos intervino en la realización de las facturas ni en la tramitación de los expedientes administrativos correspondientes.

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