Según reza la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el TSJA ha denegado tanto el recurso interpuesto por el Ayuntamiento como el de Endesa. Así, el tribunal considera que "habiéndose acreditado plenamente que las facturas se corresponden a los meses de diciembre de 2003 a marzo de 2004 y también que se trata de obra civil a la central de Endesa, obra que en su momento no fue aprovechable, el deber de abonar las cantidades por la referida cancelación del contrato civil resulta innegable".
Según la Sala, "al fin y al cabo, el retraso en la concesión de la licencia evidencia la producción de estos daños en la cuantía fijada", por lo que el recurso de súplica de la Gerencia Municipal de Urbanismo "ha de desestimarse".
Por otro lado, el TSJA ha rechazado la valoración de indemnización realizada por Endesa, y avalada por perito, que fijaba la cuantía en 27.706.141,27 euros por entender que "no se aporta ni un solo contrato, ni documento que acredite que los daños y perjuicios ascienden a la cantidad que reclama o lo que es lo mismo, que estos gastos, sean consecuencia de la demora durante seis meses en otorgar la licencia".
Por todo ello, la Sala ha acordado desestimar los recursos de súplica planteados por la Gerencia Municipal de Urbanismo y por Endesa contra el auto emitido en septiembre de 2009, que ya condenaba al Ayuntamiento onubense a pagar 1,3 millones por daños y perjuicios.
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