Berriel explicó en declaraciones a los medios de comunicación antes de la sesión de la Cotmac en Tenerife que una vez aprobados por los ayuntamientos los planes tienen un plazo de "seis meses" para ser analizados por los técnicos. "Son cajones de papeles y se mira todo con profusión", aclaró el consejero que planteó que se va a dejar trabajar "con tranquilidad a los técnicos" para que realicen el análisis jurídico y técnico. Estimó que en dos o tres meses podrá tenerse "el informe con precisión".
El responsable de Ordenación recordó que el de la Cotmac es "un control de legalidad y de cumplimiento de la política supramunicipal, pero no del modelo que corresponde al municipio".
De igual forma y en relación al "desequilibrio patrimonial" que puede producirse en las viviendas ante la figura del fuera de ordenación, Berriel subrayó que "la ley estatal, que es básica, y la jurisprudencia plantean que no da lugar a indemnización". "Hay indemnización cuando se da la pérdida de un derecho ya que la persona no está obligado a soportar un perjuicio en aras del interés general".
Nada que indemnizar
"Los fueras de ordenación sólo son indemnizables cuando es necesario expropiar el bien para demolerlo, hacer equipamiento o una acción de interés general. Aquí la utilidad no sufre alteración alguna ni detrimento el bien patrimonial y no hay nada que indemnizar", argumentó.
En este punto, aprovechó para aclarar que "hay un Decreto del Estado sobre cómo se valora los bienes hipotecarios y se da una confusión que no lleva a colegir a que hay una minusvaloración". "Eso ha producido una alarma entre ciudadanos", dijo para recalcar que "las viviendas ya estaban fuera de ordenación desde 1992".
Ante esto, recordó que "se va a modificar la Ley para clarificar el asunto y dejar claro que los pisos que están alineados pueden tener una consolidación incluso, y se podrán hacer obras que aumenten su periodo de vida". "Esto también lo dice el PGO de Santa Cruz", apostilló para concluir que "en el día de mañana cuando desaparezca el inmueble tendrá que adaptarse a ese momento, pero hasta entonces no hay limitación de conservación, mejora, modificación o consolidación". "No hay perturbación de la propiedad", zanjó.
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