Cuántas vacaciones tengo si no he trabajado todo el año: así se pueden calcular los días de descanso según la ley

Las vacaciones no pueden ser inferiores a 30 días naturales por año trabajado.
Las vacaciones no pueden ser inferiores a 30 días naturales por año trabajado.
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Las vacaciones no pueden ser inferiores a 30 días naturales por año trabajado.

El sol invade los balcones de todo el país y los parques y las playas se llenan de gente ansiosa de inaugurar el verano. Los trabajadores comienzan a hacer cálculos y reservar sus días de vacaciones con la mirada puesta en esos días del año en el que todos somos un poco más felices. Pero, ¿qué dice la ley sobre su planificación? ¿Cuántos días de descanso corresponden por año? ¿Y si no hemos trabajado el año completo?

Días de vacaciones por año trabajado

El período de vacaciones anuales retribuidas tiene que ser de, al menos, treinta días naturales por año trabajado, sin distinción en función del tipo de contrato-indefinido o temporal, a jornada completa o a parcial- según el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, cabe la posibilidad de aumentar este período por convenio colectivo o contrato individual.

Por tanto, esto quiere decir que, por ley, los trabajadores tienen derecho a 2,5 días naturales de vacaciones por cada mes trabajado. Eso sí, hay que tener clara la diferencia entre días naturales y días laborables, ya que esta diferencia hace que 30 días naturales correspondan a 22 días laborales.

¿Y si no he trabajado el año completo?

Aquellos que se hayan incorporado a la empresa con el año ya empezado, tendrán que calcular cuántos días les corresponden: basta con mirar en el contrato o en el convenio respectivo cuántos días corresponden al trabajador por año. Así, solo habrá que dividir el total de días entre los doce meses, calculando cuántos días se acumulan al mes.

Por ejemplo, si corresponden los 30 días laborables al año, divididos entre los 12 meses, sale un total de 2,5 días al mes. Si el contrato es de cuatro meses, durante ese periodo de trabajo se acumularían 10 días laborables de vacaciones.

Así, como los días de descanso se calculan de manera proporcional al tiempo que hayamos trabajado, a cada mes de trabajo le corresponden 2,5 jornadas de descanso. Otro ejemplo: si un trabajador se incorporara, por ejemplo, el 1 de marzo, tendría derecho a 25 días naturales de vacaciones, ya que, en este caso, solo hay que multiplicar por diez.

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