Qué se considera baja o alta participación en unas elecciones autonómicas en Cataluña

Varias personas ejercen su derecho al voto en el centro cívico de Iparralde, en Vitoria.
Las personas mayores de edad inscritas en el Censo Electoral podrán participar en estos comicios.
Adrián Ruiz Hierro / EFE
Varias personas ejercen su derecho al voto en el centro cívico de Iparralde, en Vitoria.

Más de 5,7 millones de catalanes están llamados a las urnas este domingo, 12 de mayo, con motivo de las autonómicas de 2024. La participación en unas elecciones siempre es muy variable. No se puede saber con precisión cuánta gente acudirá a los colegios electorales hasta el cierre de los mismos o cuántas personas ejercerán su derecho por correo hasta que finaliza el plazo para entregar el voto en una oficina. 

Lo que sí se puede afirmar es que la participación disminuyó en la comunidad en los últimos comicios de 2021: hubo un 53,53%, la cifra más baja de la historia de la democracia en Cataluña, frente al 79,09% registrado en las autonómicas de 2017, la cifra más alta. Se puede observar, además, que desde el 2006, cuando también hubo una baja participación (56,04%), la implicación en los comicios fue creciendo, hasta que en 2021 hubo una importante caída.

Así, para que en estas elecciones de 2024 se pueda hablar de alta participación, tendría que superarse ese porcentaje. En el caso de que menos de un 60% de los catalanes acudan a votar, podría considerarse una baja participación.

Quién puede votar en las elecciones catalanas de 2024

Podrán ejercer este 12 de mayo su derecho a voto todas las personas mayores de edad que estén inscritas en el Censo Electoral, tal y como marca la Ley Electoral española, ya que Cataluña no cuenta con una normativa propia.

Según marca la ley, en las catalanas pueden votar todas las personas de nacionalidad española, mayores de edad y empadronadas en Cataluña, con carácter general. Sin embargo, uno de los requisitos que hay que cumplir obligatoriamente es estar inscrito en el censo electoral antes del 1 de enero de 2024. Los que se hayan apuntado posteriormente no podrán participar en estos comicios.

También pueden votar a las personas con nacionalidad española que residen permanentemente en el extranjero, siempre y cuando hayan tenido en Cataluña la última vecindad administrativa y estén inscritas en el censo CERA.

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