La Autoridad Catalana de Protección de Datos avala instalar cámaras dentro de los taxis para "perseguir" agresiones

Un usuario cogiendo un taxi en una calle de Barcelona.
Un usuario cogiendo un taxi en una calle de Barcelona.
Francesc Melcion
Un usuario cogiendo un taxi en una calle de Barcelona.

La Autoridad Catalana de Protección de Datos (apdcat) han avalado instalar cámaras dentro de los taxis para "perseguir" agresiones siempre y cuando la grabación "se active por la persona conductora en situaciones de peligro". En un dictamen, el organismo que dirige Meritxell Borràs, ha asegurado que "podría ser lícito al amparo del interés legítimo" la instalación de dispositivos de grabación dentro de los coches para prevenir las conductas delictivas.

"Es pública y notoria la situación de inseguridad que sufre el sector del taxi", detalla el documento. El ente pide que los datos no se conserven más de un mes pero recomiendan que se eliminen cada día si no hay conductas delictivas. En este caso, las imágenes se tienen que poner a disposición de la autoridad 72 horas después.

A la vez, pide que se informe a los usuarios con un "cartel informativo" del tratamiento que se haría de los datos. Por otro lado, añade que es necesario hacer una evaluación de riesgos pero una evaluación de impacto relativa a la protección de datos (AIPD).

Un sistema "respetuoso"

"Un sistema, como el planteado en la consulta, en el cual la grabación de la imagen y la voz de las personas usuarias no se efectuase de manera sistemática y continuada, sino que la grabación se pudiera activar por el conductor ante una situación de peligro real, sería menos intrusivo en los derechos de las personas usuarias y más respetuoso con las expectativas de privacidad de los usuarios del servicio, a la vez que excluiría también un posible uso como control laboral del sistema", detalla el dictamen.

En este caso, la grabación de la voz, elemento que ven como "especialmente intrusivo", "resultaría justificada" con el fin de disponer de elementos probatorios en caso de una posible agresión sea física o verbal.

El Apdcat remarca que "la videovigilancia puede ser legítima si es necesaria para cumplir la finalidad del interés legítimo", un hecho que "no se aplica de manera automática sino que es necesario hacer una ponderación" en función de los hechos.

Se tiene que poder demostrar su verdadera finalidad

En el caso del taxi, tienen que "poder demostrar y documentar" que la finalidad es "perseguir agresiones y otras conductas delictivas". Los datos captados, pero no podrán ser "excesivos" y tendrán que limitarse a la "finalidad determinada" por la cual se quieren grabar y acreditar que "no hay ninguna otra medida más idónea".

"Es pública y notoria la situación de inseguridad que sufre el sector del taxi a partir de las noticias publicadas en prensa", relata la Apdcat, que añade: "El interés legítimo podría ser una base legitimadora suficiente para la instalación de los dispositivos de videovigilancia".

Según el organismo, los conductores pueden argumentar que actúan en defensa del derecho fundamental a la tutela judicial si las imágenes tienen como finalidad "ser utilizadas como prueba". También añaden que una vía para avalar el uso de cámaras es que se regulase vía una modificación de la Ley del taxi.

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