Bruselas abre una investigación contra Meta, Apple y Google por incumplir su ley de mercados digitales

Sede de Google.
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EFE
Sede de Google.

Las grandes tecnológicas no escapan de la mirada de la Comisión Europea. Bruselas ha abierto investigaciones por incumplimiento de la ley de mercados digitales (DMA). Son expedientes en torno a las normas de Alphabet sobre el direccionamiento en Google Play y la autopreferencia en Google Search, las normas de Apple sobre el direccionamiento en App Store y la pantalla de elección de Safari y el "modelo de pago o consentimiento" de Meta.

La Comisión sospecha que las medidas aplicadas por estos gatekeepers son insuficientes para cumplir eficazmente las obligaciones que les impone la DMA. Además, el Ejecutivo comunitario ha puesto en marcha medidas de investigación en relación con la nueva estructura de tarifas de Apple para las tiendas de aplicaciones alternativas y las prácticas de clasificación de Amazon en su mercado. Por último, la Comisión ha ordenado a los llamados gatekeepers -así se refieren a las grandes compañías tecnológicas- que conserven determinados documentos para supervisar la aplicación efectiva y el cumplimiento de sus obligaciones.

"Sospechamos que las soluciones propuestas por las tres empresas no cumplen plenamente la DMA. Ahora investigaremos si las empresas cumplen la DMA, para garantizar unos mercados digitales abiertos y competitivos en Europa", explicó la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager. "No estamos convencidos de que las soluciones de Alphabet, Apple y Meta respeten sus obligaciones en favor de un espacio digital más justo y abierto para los ciudadanos y las empresas europeas. Si nuestra investigación concluyera que no se cumple plenamente la DMA, los guardianes podrían enfrentarse a fuertes multas", añadió por su parte Thierry Breton, comisario de Mercado Interior.

La Comisión ha incoado un procedimiento para evaluar si las medidas aplicadas por Alphabet y Apple en relación con sus obligaciones relativas a las tiendas de aplicaciones infringen la DMA. El artículo 5, apartado 4, de la DMA exige a los "gatekeepers" que permitan a los desarrolladores de aplicaciones "dirigir" gratuitamente a los consumidores hacia ofertas fuera de las tiendas de aplicaciones de los gatekeepers. A Bruselas le preocupa que las medidas de Alphabet y Apple puedan no ser plenamente conformes, ya que imponen diversas restricciones y limitaciones. Entre otras cosas, limitan la capacidad de los desarrolladores para comunicar y promover libremente las ofertas y celebrar contratos directamente, incluso imponiendo diversas tasas.

Por otro lado, se ha abierto un procedimiento contra Apple en relación con sus medidas para cumplir las obligaciones de permitir a los usuarios finales desinstalar fácilmente cualquier aplicación de software en iOS, cambiar fácilmente los ajustes por defecto en iOS y ofrecer a los usuarios pantallas de elección que deben permitirles de manera efectiva y fácil seleccionar un servicio alternativo por defecto, como un navegador o un motor de búsqueda en sus iPhones.

Al mismo tiempo, hay una investigación contra Meta para que investigue si el modelo de "pago o consentimiento" introducido recientemente para los usuarios en la UE cumple lo dispuesto en el artículo 5, apartado 2, de la DMA, que exige a los gatekeepers obtener el consentimiento de los usuarios cuando pretendan combinar o hacer un uso cruzado de sus datos personales en diferentes servicios de plataformas básicas. A la Comisión le preocupa que la opción binaria impuesta por el modelo de "pago o consentimiento" de Meta pueda no ofrecer una alternativa real en caso de que los usuarios no den su consentimiento, con lo que no se lograría el objetivo de impedir la acumulación de datos personales por parte de los guardianes.  

La Comisión se propone concluir el procedimiento incoado en un plazo de 12 meses. Si la investigación lo justifica, la Comisión informará a los porteros afectados de sus conclusiones preliminares y explicará las medidas que está considerando adoptar o que el portero debería adoptar para responder eficazmente a las preocupaciones de la Comisión.

 En caso de infracción, la Comisión puede imponer multas de hasta el 10% del volumen de negocios mundial total de la empresa. Estas multas pueden llegar hasta el 20% en caso de infracción reiterada. Además, en caso de infracciones sistemáticas, la Comisión también puede adoptar soluciones adicionales, como obligar a un gatekeeper a vender una empresa o partes de ella, o prohibirle la adquisición de servicios adicionales relacionados con el incumplimiento sistémico.

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