Absuelven por un error de la DGT a un hombre que circulaba  sin permiso

  • Había sido procesado por circular sin puntos.
  • La DGT no comunicó correctamente al afectado la retirada de la totalidad de los puntos del permiso de conducir.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha absuelto a un conductor que había sido procesado por circular con la totalidad de los puntos del carnet retirados y que se enfrentaba a la acusación del fiscal por un delito contra la seguridad vial.

El juez absuelve al conductor al considerar que la Dirección General de Tráfico no comunicó correctamente al afectado la retirada de la totalidad de los puntos del permiso de conducir. El fiscal pedía para el acusado una multa de 2.160 euros y 33 días de trabajo en beneficio de la Comunidad.

Según consta en la sentencia, la DGT intentó notificar por dos veces en el domicilio del procesado la resolución administrativa, pero no lo consiguió, y finalmente fue publicada el 25 de agosto de 2008 en el Boletín Oficial de Navarra.

La sentencia recoge, además, que el nombre introducido en las notificaciones era erróneo y no se correspondía exactamente con el del acusado. "Parece haberse cometido un error al intercambiar el segundo apellido por el pueblo de residencia", dice la sentencia.

Fue detenido en marzo

Después de la publicación de la resolución en el BON, el conductor, cuya defensa ha corrido a cargo del despacho de abogados de Francisco Javier Morenio-Vidal, fue detenido el 24 de marzo de 2009 mientras circulaba por la carretera NA-400 Lesaka-Oiartzun con todos los puntos del carnet retirados.

El juez señala que no se puede condenar al procesado porque la resolución administrativa que declaraba la pérdida del permiso de conducir "no fue correctamente notificada, y no sólo por el hecho de que uno de los dos intentos mediante correo certificado y la notificación definitiva en el BON se verificaran con el nombre erróneo, provocando o siendo susceptibles de provocar una lógica confusión en el destinatario, sino también porque los dos intentos de notificación en el domicilio del afectado no se produjeron con la diferencia horaria de al menos 60 minutos que exige la jurisprudencia contencioso-administrativa".

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