Condenado a 4 años y medio de cárcel un monitor de 'crossfit' por agredir sexualmente a una alumna durante un masaje deportivo

Exterior de la Audiencia de Vizcaya.
Exterior de la Audiencia de Vizcaya en Bilbao.
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Exterior de la Audiencia de Vizcaya.

Un monitor de un gimnasio de Bilbao ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por supuestamente agredir sexualmente a una de sus alumnas hace tres años. La sentencia ha sido ratificada por la Sección Segunda de la Audiencia de Vizcaya ya que se ha probado que la víctima recibió un masaje deportivo por parte del entrenador que finalizó en un ataque sexual.

El suceso ocurrió el 8 de marzo de 2020, cuando la mujer, que era clienta del establecimiento deportivo hacía siete meses, acudió a una clase de crossfit y cuando terminó el entrenamiento sufrió un dolor de espalda, por el cual el entrenador se ofreció a darle un masaje para aliviar el malestar, según se recoge en la propia sentencia.

Ambos se fueron a una sala habilitada del gimnasio y la mujer se tumbó en una camilla para recibir el correspondiente masaje. En ese momento, "el acusado empezó con un masaje deportivo que convirtió en sexual y que le introdujo los dedos en la vagina y el pene en la boca", dicta el escrito. 

Como consecuencia, la víctima "sufrió un bloqueo de su capacidad de reacción ante un episodio de naturaleza sexual en el que no deseaba participa". Pero, según él, fue ella quien le "insinúa que el masaje contenga contenido sexual" y "toda la acción sexual fue consultada y continuada solo en caso de asentimiento".

La mujer, por su parte, "niega toda insinuación sexual, siente sorpresa ante la sexualización del masaje y es el bloqueo y el miedo los que la llevan a no decir nada y a quedarse paralizada".

Tras analizar ambas versiones de lo sucedido, el tribunal concluye con que la del acusado es "poco o nada razonable y poco o nada fiable" y la de la víctima es "plenamente fiable" debido a que reúne los caracteres de "permanencia, coherencia y credibilidad subjetiva" y no se ha encontrado "ningún factor de interés contrario al acusado".

Libertad vigilada y programas de educación sexual

Aparte de la versión del monitor y la alumna, el tribunal también ha considerado la declaración de una de las amigas de la víctima, que encontró a esta "asustada, aturdida, incrédula". Asimismo, los análisis forenses "ratifican esa fiabilidad y configuran un cuadro probatorio de cargo que despeja cualquier duda razonable sobre la realidad de lo acontecido, coincidente con lo manifestado" por la mujer.

Con todo ello, la Audiencia de Vizcaya, además de condenar a cuatro años y medio al acusado, le ha impuesto una libertad vigilada durante cinco años más con un sometimiento a programas de educación sexual una vez que salga de prisión.

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