Plazo para solicitar el voto por correo en las elecciones generales del 23 de julio

Ejemplo de voto por correo que se puede obtener en Correos, en la Oficina de Correos de Cibeles, en Madrid, (España), a 16 de marzo de 2021. El voto por correo para las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid qu
Voto por correo
ALBERTO ORTEGA
Ejemplo de voto por correo que se puede obtener en Correos, en la Oficina de Correos de Cibeles, en Madrid, (España), a 16 de marzo de 2021. El voto por correo para las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid qu

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado la convocatoria de las elecciones generales de 2023 para el próximo 23 de julio. El presidente ha anunciado que esta misma tarde el Consejo de Ministros aprobará la convocatoria electoral, que se hará efectiva con su publicación en el BOE. El adelanto electoral viene precedido por la victoria del PP en la mayoría de Comunidades Autónomas y grandes ciudades en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.

Serán unas elecciones atípicas e inéditas en la historia de la democracia en España, ya que serán en pleno verano y coincidirán con gran parte de la ciudadanía en su periodo vacacional. Esto previsiblemente aumentará el porcentaje de abstención y aumentará las solicitudes del voto por correo como solución para aquellos votantes que no puedan acudir a los colegios electorales de su localidad.

El voto por correo se puede pedir a partir de la convocatoria

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que los votantes podrán solicitar, "a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación", es decir, hasta el día 13 de julio, en una oficina de Correos el voto postal. La petición debe realizarse personalmente y presentando el DNI. 

La petición quedará registrada, y Correos remitirá la documentación correspondiente para ejercer el voto por correo (un sobre con la mesa electoral, los sobres correspondiente a las elecciones de Congreso y Senado, y las correspondientes papeletas) "a partir del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior al de la votación", es decir, a partir del día 2 de junio de 2023 y antes del lunes 17 de julio. El recibo de esta documentación deberá ser presencial, firmado y previa identificación del interesado. 

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