Los trabajadores pueden cobrar su sueldo mensual de varias maneras, aunque lo más normal es que se divida en 12 pagas al año, una cada mes o, por el contrario, en 14 pagas anuales, situación en la que toman protagonismo las dos pagas extras, que se ingresan en verano y en invierno.
"El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo", se indica en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, donde también se explica que se puede acordar por convenio colectivo que las gratificaciones extra se prorrateen en las doce mensualidades.
¿Cuándo se cobra la paga extra de verano?
De este modo, pensando ya en las vacaciones, son muchos los trabajadores que quieren saber cuándo van a disponer del dinero extra de verano, que supone un alivio en estas fechas de descanso para muchas familias.
Lo cierto es que la única obligatoriedad por parte de la ley es que una de las pagas se abona en Navidad, mientras que la otra puede establecerse en cualquier otro momento del año, aunque lo más normal es que se haga durante el verano.
Así, por norma general, los trabajadores pueden disponer de la paga extra de verano en el mes de junio o de julio, según la empresa o por el convenio colectivo al que pertenezca el trabajador.
¿Qué cuantía se cobra con la paga extra?
La cuantía de las gratificaciones extra se regulan por convenio colectivo, pero se establece por ley que nunca podrá ser inferior a 30 días del salario base fijado o del mínimo interprofesional.
De este modo, cada una de las pagas extraordinarias es igual a la cantidad que se cobra como salario base, una cantidad fijada en cada convenio y que, además, puede estar ampliada por algún tipo de plus que añada la empresa.
Así, como mínimo, durante el mes en el que el trabajador cobra la paga extra, ingresará su salario mensual habitual y, además, otra cantidad adicional que es igual a 30 días del salario base fijado, una cantidad similar a otra mensualidad más de la nómina.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios