Qué pagos por Bizum hay que incluir en la Declaración de la Renta 2022-2023

Las ventajas que la plataforma destaca de sí misma son su universalidad, su comodidad, su rapidez y su seguridad.
Realizar pagos a través de esta plataforma.
Bizum
Las ventajas que la plataforma destaca de sí misma son su universalidad, su comodidad, su rapidez y su seguridad.

Este 11 de abril comienza la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2022, por lo que a partir de este día marcado en el calendario de los contribuyentes, se podrá confeccionar el borrador de la declaración y presentarlo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El organismo público habilitará un portal de 'Renta web' para tal fin. Mientras, aquellas personas que deseen realizar este trámite por teléfono deberán esperar al 5 de mayo y, en el caso de presentar la declaración de manera presencial, al 1 de junio.

El Ministerio de Hacienda se encarga de controlar todas las transacciones financieras que efectuamos para evitar posibles fraudes de cara a la declaración anual de la Renta y Patrimonio. En este sentido, una de las dudas más frecuentes entre los contribuyentes es si deben o no declarar los movimientos de dinero que se efectúan a través de Bizum.

En qué casos hay que declarar

Según los especialistas de TaxDown, los pagos esporádicos de poca cantidad de dinero no hay que declararlos en el IRPF, pero sí se deberá hacer en tres supuestos:

  • Si trabajas por cuenta propia y Bizum es la plataforma que empleas como método de cobro de la actividad económica. En estos casos, se deberá declarar como servicio o venta.
  • Si recibes ingresos con los que obtienes una rentabilidad económica.
  • Si el pago es superior a 10.000 euros.

De manera detallada, en el caso de los trabajadores autónomos, cada vez es más habitual que reciban el pago de sus servicios a través de esta plataforma. "Al tratarse de un beneficio económico derivado de una actividad profesional, sí hay que declararlo", indican. Los trabajadores autónomos deberán tributar por estos ingresos como "rendimientos de actividades económicas". No obstante, solo están obligadas a hacerlo quienes reciben este dinero, no los pagadores, aunque "en algunos casos podrían hacerlo para desgravar algunos gastos".

Por otro lado, si se recibe una cantidad de dinero con la que se obtiene una rentabilidad, como por ejemplo el alquiler de un trastero, sí se deberá declarar. "Si esos ingresos superan los 10.000 euros anuales, sí que habría que declararlos", aclaran los expertos. Asimismo, Hacienda establece que "cualquier pago que se haga a través de Bizum no puede superar los 10.000 euros anuales" y, en el caso de hacerlo, esta persona tendrá la obligación de declararlo.

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