¿Me puedo negar a ser presidente de la comunidad de vecinos?

Bloque de viviendas.
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En la mayor parte de los bloques de viviendas, donde se convive con el resto de vecinos, se suele nombrar a un presidente entre los diferentes propietarios, que será el representante y el portavoz en las situaciones que puedan surgir a lo largo de su mandato. 

El presidente puede ser elegido y nombrado de dos manera diferentes. Por un lado, se puede elegir entre los propietarios mediante elección o, por otro lado, se puede nombrar subsidiariamente mediante turno rotatorio o por sorteo. 

El nombramiento es obligatorio, pero se puede recurrir

De este modo, la duda sobre la obligatoriedad de este cargo surge entre muchos propietarios cuando les toca ser presidentes de la comunidad de vecinos: "Mi consulta es sobre el nombramiento de presidente. En la comunidad somos 8 propietarios pero algunos son "inversores" que quieren desentenderse por completo de los asuntos comunitarios y tampoco quieren ser presidentes (ser presidente es rotatorio y cada año le toca a un propietario)", explica una lectora en el Consultorio de Vivienda de 20Minutos. 

"Mis preguntas son: ¿Les ampara la ley? ¿Pueden declinar ser presidentes y/o ser presidente pero no realizar ninguna función a propósito? ¿Cómo se podría evitar?", se cuestiona la usuaria, que ha recibido la respuesta de la experta, quien se dirige a lo que dicta la Ley de Propiedad Horizontal. 

Concretamente, en el artículo 13 de la mencionada ley se puede leer que el nombramiento de este cargo es "obligatorio", aunque lo cierto es que el propietario designado como presidente puede solicitar su relevo al juez, dentro del mes siguiente a su acceso al cargo. 

Para ello, tiene que remitir un escrito al juez, en el que se indiquen las razones o motivos por los que no puede encargarse de las funciones de presidente de la comunidad de vecinos. 

"El juez [...] resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al presidente en el cargo hasta que se proceda a nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial", se concluye. 

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