Desestiman así los últimos recursos presentados por el Ayuntamiento vigués contra las primeras liquidaciones de 2017 y 2018 en las escuelas infantiles de Valadares y de Rúa Palencia.
En opinión de la delegada territorial de la Xunta en Vigo, Marta Fernández-Tapias, "siete sentencias parecen suficientes como para que el alcalde desista de presentar recursos contra un modelo que no sólo está regulado por ley, sino que cuenta con el visto bueno de la Fegamp y es de aplicación en todos las localidades que la integran".
En este sentido, Fernández-Tapias ha invitado al alcalde a"asumir" sus competencias y "permitir" que 200 familias de Vigo puedan beneficiarse de la gratuidad de 0 a 3 años que ofrece el Gobierno gallego para segundos hijos y sucesivos en estos centros.
El Gobierno autonómico destaca que el Alto Tribunal recoge que las liquidaciones giradas por la Xunta "no incurren en las causas de nulidad alegadas por el Ayuntamiento de Vigo" y recuerda que para su prestación se optó por "fórmulas de cooperación" entre administraciones.
"La resolución -recalcan-, señala que se trata de un servicio de carácter social, en ningún caso educativo, como argumenta el Ayuntamiento de Vigo en su recurso, cuya gestión asumió el Consorcio a instancias de la propia Administración local". "En Galicia, la atribución a los municipios de la prestación de los servicios sociales resulta clara", indican.
Se rechaza también que se infrinja la normativa estatal del régimen local sobre la distribución de competencias y la normativa autonómica sectorial reguladora de los servicios sociales, según expuso Vigo en su recurso.
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