Indemnizarán a la familia de una paciente que murió tras caer de la cama del hospital

  • Deberán pagarle a sus hijos 88.000 euros.
  • Incorporaron ala paciente, dejándola sin sujeción alguna.
  • La mujer, de 79 años, se dio un golpe en la cabeza con el suelo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha dictado sentencia estimando parcialmente la demanda interpuesta por los hijos de M.A.M., en reclamación de daños y perjuicios sufridos por la "defectuosa asistencia sanitaria prestada por los servicios médicos del Sespa", condenando a la Administración a indemnizar a los hijos de la paciente a la cantidad de 88.000 euros.

Según informó el Defensor del Paciente, el día 17 de junio de 2004, los profesionales responsables de M.A.M. en el Hospital Central de Asturias, que debían administrarle el desayuno, incorporaron a la paciente, y la dejaron sentada al borde de la cama, con las piernas colgando y sin sujeción alguna.

Pasaron por alto que se trataba de una paciente de 79 años de edad, de baja estatura y en convalecencia postoperatoria, en tratamiento con calmantes y que necesitaba ayuda para todas las actividades. A continuación le colocaron la bandeja para tomar el desayuno en una mesa auxiliar con ruedas, sin topes, ni freno en las ruedas y se la acercaron al borde de la cama, dejándola sin supervisión de nadie responsable en la habitación.

Cuando la paciente intentó coger el desayuno se cayó hacia delante y puesto que la mesa auxiliar rodó, facilitó aún más la caída, dándose un golpe en la cabeza contra el suelo. El Defendor del Paciente destaca que a pesar del fuerte traumatismo que sufrió al impactar contra el suelo y sin tener en cuenta que estaba en tratamiento con medicamentos que favorecían aún más el riesgo de hemorragias, no se le realizó ninguna prueba.

Debido al retraso en el diagnostico se había dejado avanzar a tal grado la hemorragia que ningún tipo de tratamiento era viable, falleciendo el día 21 de junio de 2004.Con motivo del fallecimiento de M.A.M, existió un procedimiento penal previo en el que la sentencia de fecha 9 de enero de 2006 emitida por el Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo, especificaba que "el servicio funcionó mal y la administración debe responder por el daño causado".

Sin embargo, ni la entidad aseguradora Zurich, ni el Sespa, han reconocido el daño causado obligando a la familia a iniciar potro procedimiento judicial para que se reconociera su derecho a ser indemnizados.Ahora, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha reconocido tanto la imprudencia al dejar sola a la paciente sin supervisión y con mobiliario carente de medidas de seguridad como la mala praxis al no realizar a la paciente las pruebas oportunas ni un seguimiento adecuado con motivo del accidente.

La defensa de la familia de la fallecida, ha sido tramitada por el Letrado Eduardo Curiel, especialista en derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente en Asturias.

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