Los magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia vallisoletana han rechazado la pretensión del condenado, que recientemente solicitó la suspensión extraordinaria de la pena impuesta, según ha informado el TSJCyL a través de un comunicado remitido a Europa Press.
La Sala considera que no concurren los requisitos para adoptar tal decisión y le da diez días para que ingrese voluntariamente en un centro penitenciario. En caso contrario, sería conducido por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
El auto de la Audiencia subraya que "procede desestimar la posibilidad de ser aplicada al condenado la suspensión extraordinaria" de la pena, pues para su apreciación "deben valorarse la posible existencia o no de factores criminógenos, contextuales o motivacionales, conectados con el delito cometido y en relación con el riesgo de futura reincidencia o reiteración delictiva, prognosis que no resulta favorable al condenado".
Por lo tanto, señala que "debe cumplir efectivamente las penas de prisión a él impuestas, dándole un plazo de diez días, a partir de su notificación personal de la presente resolución, para que acuda voluntariamente a un Centro Penitenciario, pues, caso contrario, se efectuaría a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios