Prisión por amenazar a un empresario con quemarlo para cobrar una deuda

  • Primero le amenazaron con una catana.
  •  La víctima tenía una deuda de 250.000 euros.
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La Audiencia de Sevilla ha impuesto dos años de cárcel a un empresario y a su yerno por amenazar con una catana a un constructor para conseguir que pagara una deuda, tras lo cual le mostraron una garrafa de la marca Cepsa y le advirtieron que iban a rociarle con gasolina y prenderle fuego.

La Sección Séptima de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, explica que el empresario F.C.H.C. mantenía una deuda de 250.000 euros con el acusado J.M.M.I., por lo que entre mayo y junio de 2008 mantuvieron varias entrevistas entre sí y con directores de oficinas bancarias.

El 5 de junio de 2008, ambos empresarios se reunieron de nuevo en un bar de Coria del Río (Sevilla), cita a la que J.M.M.I. acudió acompañado del también acusado J.G.F., novio de su hija. Los tres hombres acordaron dirigirse a una gestoría de Almensilla (Sevilla), pero a mitad del camino, los acusados, puestos de común acuerdo, se desviaron por un camino de tierra y detuvieron su vehículo en un olivar.

Allí el acusado J.M.M.I. sacó una catana, la aproximó a F.C.H.C. y le amenazó con darle muerte "si en el plazo de unas horas no le pagaba la deuda total que le debía", según la sentencia. A continuación "cogió una garrafa de la marca Cepsa y volvió a amenazarlo con quemarlo, manifestándole que lo ataría con una cuerda y que lo rociaría con gasolina, le prendería fuego y llamaría a su madre para que pagara la deuda tras oír sus gritos".

Ante las amenazas sufridas, la víctima pidió efectuar algunas llamadas a fin de recaudar el dinero y llamó a su padre y a su abogado, si bien no pudo "revelar en ningún momento la situación que estaba sufriendo". A continuación los tres hombres se dirigieron a otros tantos bares en las localidades sevillanas de Santiponce, Bollullos de la Mitación (Sevilla) y Coria del Río, donde fueron detenidos por la Policía, que estaba buscando al secuestrado.

"Intimidación y miedo"

La sentencia considera demostrado un delito de coacciones pero no de secuestro, por el que la Fiscalía pidió otros siete años de cárcel. Explica el fallo que la víctima "no estuvo privada de su libertad ambulatoria" y permaneció con los acusados en "tres establecimientos públicos en presencia de terceras personas, que en absoluto se percataron de la situación embarazosa" del retenido.

Además, en su móvil constan llamadas en la horquilla horaria en la que permaneció con los acusados, diferentes a las realizadas a su padre y abogado, por lo que "parece que tenía libertad para contactar a través de ese móvil". La sentencia incluye el pago de 12.000 euros de indemnización por el daño moral causado pues "es indudable la zozobra, intimidación y miedo por su integridad física e incluso por su vida" que sufrió el perjudicado.

También les impone la prohibición de acercarse a menos de 500 metros del denunciante y comunicar con él por cualquier medio durante otros cuatro años. En el juicio, los acusados afirmaron que no tenían intención de atentar contra la libertad del empresario y que estaban convencidos de que era solvente, por lo que sólo pretendían cobrar lo que era suyo puesto que su propia empresa se encontraba en precaria situación.

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