La mayor parte de la suma reservada para estas subvenciones (400.000 euros) se destinará al desarrollo de largometrajes, mientras que la asignación para series y miniseries es de 150.000 euros.
Los gastos subvencionables incluyen los correspondientes a la adquisición de los derechos de autor de la obra, desarrollo del guión, diseño y elaboración de material promocional, o elaboración del plan de marketing y distribución.
También se financiará la asistencia a mercados y foros de coproducción, los 'casting' y búsquedas de localizaciones, la investigación documental, los gastos de personal y la asesoría jurídica y fiscal para los proyectos.
Podrán acogerse a las subvenciones para los largometrajes las obras audiovisuales, de ficción, animación o documentales, de duración igual o superior a 60 minutos, que estén destinadas a su explotación comercial en salas de cine, plataformas o televisiones. La cuantía máxima de la subvención será de 25.000 euros en el caso de ficción y documental, y de 40.000 euros en el caso de animación.
En el caso de las ayudas para miniseries, podrán presentarse a la convocatoria aquellos proyectos audiovisuales, de ficción, animación o documentales, que tengan una duración mínima de dos capítulos y una duración total de 90 minutos. Estos proyectos deberán ser explotados para su comercialización en salas de cine, televisiones o plataformas similares.
Los series o miniseries de ficción o documental que se presenten recibirán una ayuda máxima de 35.000 euros. En el caso de series de animación y miniseries, la ayuda máxima será de 45.000 euros.
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