La víctima no reconoce al 'segundo violador del Eixample', que se masturbó ante ella

  • El acusado ha llegado cubierto con un pasamontañas.
  • El juicio se ha celebrado a puerta cerrada.
  • No se le considera rehabilitado.
  • Lo condenaron a 65 años de cárcel por 10  agresiones sexuales a niñas.
Alejandro Martínez Singul, a su llegada al juzgado.
Alejandro Martínez Singul, a su llegada al juzgado.
EFE
Alejandro Martínez Singul, a su llegada al juzgado.

Alejandro Martínez Singul, conocido como el 'segundo violador del Eixample', ha llegado esta mañana a los juzgados de Barcelona para someterse al juicio por abuso sexual del que se le acusa, después de que presuntamente se masturbara ante una pasajera de un tren de Cercanías en la estación de Arc de Triomf e intentara manosearla.

El imputado ha llegado con pasamontañas poco antes de las 10.30 horas al edificio de los juzgados, en el paseo Lluís Companys (muy cerca del lugar de los hechos por los que se le juzga), aunque la titular del Juzgado Penal número 16 no le esperaba hasta las 12 horas.

El juicio oral se ha realizado a puerta cerrada para proteger a la víctima, que en mayo del año pasado fue tirada al suelo por el violador cuando ella intentó retenerle hasta que llegaran los Mossos d'Esquadra. La Fiscalía pide que se le condene a 11 meses y 21 días de prisión por un delito de abuso sexual con la agravante de reincidencia.

La víctima se ha puesto muy nerviosa y no ha podido identificar al acusado, quien en la vista ha vuelto a negar los abusos a la mujer y ha reiterado que ese día se encontraba en la localidad de Cardedeu (Barcelona). A la salida del juicio, que ha durado unos 40 minutos, y a preguntas de los periodistas, Martínez Singul se ha vuelto a declarar "inocente" de los cargos imputados.

Los hechos ocurrieron el 29 de mayo de 2008, un año después de que Singul,

condenado en 1992 a 65 años de cárcel por una decena de agresiones sexuales a niñas y adolescentes , saliera en libertad tras haber cumplido el máximo de dieciséis años de pena que le correspondían (de acuerdo con el Código Penal anterior a 1989),
sin que se le considerara rehabilitado. 
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