La reforma de nuestra vivienda... muy legal

  • Conoce los permisos necesarios para acometer reformas de la vivienda.
  • Es preciso avisar a la comunidad de vecinos y al Ayuntamiento.
  • ¿Se puede sacar escombros por un ascensor de la comunidad?
Una vivienda, en reforma.
Una vivienda, en reforma.
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Una vivienda, en reforma.

¿Necesito un permiso municipal para levantar un tabique en mi vivienda ? ¿Y para instalar una ventana en el tejado? Éstas y otras dudas son habituales a la hora de hacer reformas en casa. Muy pocos tienen claro qué obras (cerramientos, terrazas, ampliaciones...) necesitan permiso del ayuntamiento y cuáles no.

La normativa municipal puede determinar variaciones entre lo que se permite y no se permite hacer en cada municipio. Éstas son algunas de las preguntas más comunes, y sus correspondientes respuestas ofrecidas por el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

¿Qué permisos y licencias municipales necesito?

Las ordenanzas municipales de tramitación de licencias de cada localidad establecen qué actuaciones o intervenciones en el edificio están sujetas a licencia. La autorización municipal es más o menos rigurosa dependiendo del tipo de obra y oscila entre la licencia, que sería el supuesto de tramitación más complejo, al simple acto comunicado -para obras de pequeña entidad técnica que no tienen impacto urbanístico o repercusión medioambiental-.

¿Debe aprobar las obras la comunidad de vecinos?

Para hacer una obra en el interior de la vivienda necesariamente tendremos que utilizar elementos comunes como el ascensor. El artículo 7.1. de la Ley de Propiedad Horizontal dice que es obligación del propietario informar al presidente de la comunidad de que va a hacer una obra. Lo que pretende la ley es que la comunidad tenga la certeza de que no se van a alterar sustancialmente elementos comunes (por ejemplo, tirar un muro de carga o una viga). Las obras que no alteren elementos comunes no requieren autorización de la comunidad, sólo que se le informe.

¿Qué acuerdo vecinal hace falta?

Es necesaria la unanimidad, de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal. Hay un plazo de reclamación de quince años a partir del momento en que se hace una obra sin consentimiento. Durante ese tiempo, el resto de propietarios pueden adoptar un acuerdo por mayoría simple para iniciar acciones judiciales exigiendo que los elementos comunes afectados queden como estaban. También pueden pedir una indemnización por daños y perjuicios.

¿Se puede usar el ascensor para sacar los escombros?

El ascensor no está pensado para subir y bajar escombros, sino personas y enseres, aunque no existe una restricción legal que impida la utilización del mismo en estos casos. La utilización de una polea para descargar escombros está permitida siempre y cuando cumpla con la normativa de seguridad existente.

¿Debe el propietario limpiar las zonas comunes que manche?

Si se produce algún deterioro por la utilización del ascensor, o de los pasillos y escaleras de acceso, el propietario debe responder por ellos. Si se utiliza el ascensor, es recomendable recubrirlo para evitar daños causados por el paso de obreros o materiales, puesto que será responsabilidad del propietario la limpieza y dejar el inmueble en el mismo estado en que estaba antes de la obra.

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