En una nota, el Consejo ha explicado que el Ayuntamiento arcense ha desatendido repetidamente las resoluciones dictadas por el órgano de control y ha desoído los diferentes requerimientos del Consejo, en los que se le instaba a publicar documentos, en la sede electrónica, portal o página web, que debían ser sometidos a un periodo de información pública durante su tramitación.
En este sentido, ha indicado que ante este escenario, la legislación es "contundente" y determina que "el incumplimiento de las resoluciones dictadas en materia de acceso por el Consejo constituye una infracción muy grave". La infracción contempla, además, como eventual sanción el cese en el cargo del responsable y la imposibilidad de ser nombrado para ocupar cargos similares por un periodo de hasta tres años.
La Ley andaluza otorga al Consejo, cuando constate incumplimientos en este sentido, la capacidad de instar la incoación del procedimiento correspondiente por vulneración de obligaciones de publicidad activa previstas en la misma. Potestad que, en caso de hacerse efectiva, comportaría para el órgano u entidad concernida -en este caso, el Consistorio arcense- la obligación de iniciar el procedimiento y comunicar al ente de control andaluz su resultado.
La publicación de documentos durante el trámite de información pública, "exigencia de publicidad activa que ha incumplido de manera insistente el Ayuntamiento", supone un "significativo paso adelante" en la transparencia de la actuación de las administraciones, pues favorece la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones, a la vez que su mayor conocimiento y difusión.
Igualmente, es un "claro avance" en el acceso a la información con respecto a la norma anterior, que prácticamente anulaba el conocimiento de los documentos públicos, documentos que no sólo han de mostrarse en sede física, sino también han de exponerse en las sedes electrónicas o páginas web, incumplimiento reiterado por parte del Ayuntamiento que ha desencadenado la apertura del mencionado expediente.
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