Así se recoge en el programa de ayudas económicas a las mujeres víctimas de la violencia de género 2021, del Departamento vasco de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, dotado con 1.300.000 euros para este año y cuyo plazo de presentación de solicitudes de ayuda está ya abierto.
Según datos de la Consejería dirigida por Beatriz Artolazabal, recogidos por Europa Press, el importe de la ayuda depende de las personas que tiene a su cargo y de que éstas tengan discapacidad. Así, las mujeres maltratadas sin personas a su cargo pueden recibir 2.556 euros, cantidad que aumenta hasta los 5.112 euros si tienen una discapacidad igual o superior al 33%.
La ayuda económica asciende a 7.668 euros si la mujer victimizada tiene dos o más familiares o menores a su cargo, si tiene un familiar o menor a su cargo con discapacidad igual o superior al 33%, o si es una mujer con discapacidad igual o superior al 33% con un familiaro menor a su cargo.
La ayuda máxima, de 10.224 euros, está contemplada para mujeres con discapacidad igual o superior al 33% con dos o más familiareso menores a su cargo; mujeres con discapacidad igual o superior al 33%y con un familiar o menor a su cargo con una discapacidad igual o superior al 33%; y mujeres con discapacidad igual o superior al 65%o con un familiar o menor a su cargo con una discapacidad igual o superior al 65%.
REQUISITOS
Es requisito para recibir la dotación económica poseer una credencial como víctima de violencia de género (orden de protección, sentencia condenatoria o, excepcionalmente, informe del Ministerio Fiscal) que esté en vigor en el momento de la solicitud y que no tenga más de un año de antigüedad desde el día de comienzo de su vigencia.
La mujer debe estar empadronada y con residencia efectiva en algún municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con una antigüedad de al menos seis meses ininterrumpidamente, estar desempleada y no tener contrato de trabajo.
Otra condición es no haber recibido ni esta ayuda ni la Renta Activa de Inserción para víctimas de violencia del género, no tener deudas ni con la hacienda foral correspondiente ni con la Seguridad Social, y no superar un tope económico de ingresos, equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que esté vigente, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
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