Según la sentencia, se condena al acusado a siete años por el delito de agresión sexual, a dos años por el de detención ilegal y a pagar a la víctima, F.F., 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil por daño moral. La sentencia considera probado que, el día 7 de abril de 2008, el procesado, con antecedentes penales, entró en la habitación que ocupaba la joven y le dijo: "Si te portas bien lo pasarás bien, si te portas mal lo pasarás mal".
También le advirtió de que "podría fácilmente matarla, descuartizándola, y no se enteraría nadie", y de que, si no se acostaba con él, tendría que acostarse "con todos los demás y con más gente", tras lo que le quitó la ropa y la violó.
Mohamed A. salió del domicilio a la mañana siguiente para dirigirse a su trabajo, y cerró con llave el inmueble, dejándola a F.F. en el interior. Fue entonces cuando la joven, a través de la terraza de la casa, comenzó a gritar pidiendo ayuda, hasta que una vecina la oyó y avisó a la policía. El fiscal pedía una pena total de diecisiete años de prisión para el acusado: doce por el delito de agresión sexual y cinco por el de detención ilegal
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