Consultorio de Vivienda: "Me molesta el letrero de un hotel, ¿hay alguna ley que impida que emita tanta cantidad de luz?"

  • Deja tu pregunta en consultoriovivienda@20minutos.es
Consultorio de vivienda.
Consultorio de vivienda.
Timur Saglambilek de Pexels. / Montaje: 20minutos.
Consultorio de vivienda.

Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo consultoriovivienda@20minutos.es

Aquí tienes las respuestas dadas hoy por nuestra experta Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

Uso y disfrute del patio comunitario

PREGUNTA Compré hace 17 años una vivienda con acceso a un patio comunitario. El antiguo dueño tenía puesta una tejavana, lavodora, secadora y un grifo. Me dijo que tenia uso y disfrute.

Como no se adjudicaba en escrituras solicité informacion en la Cámara de la Propiedad y me dijeron que si la puerta de acceso a ese patio era de obra lo tenia por ley. Yo pedí permiso en la comunidad para cambiar la tejavana y ponerla desmontable y me lo concedieron.

Después de 17 años el administrador de fincas, que a su vez es vecino, solicita que saque todo porque una vecina se ha quejado alegando que no tengo uso y disfrute porque no está claro que esa puerta estuviese de obra. Esta solicitud la hace en una reunión de comunidad sin estar en el orden del dia. Lo solicita sin pedir votaciones al resto de vecinos.

A pesar de que muchos vecinos dicen conocer su existencia de siempre y otro vecino dice que esa puerta la conocia él desde que iba a visitar el edificio cuando se estaba construyendo el administrado sigue diciendo que no se puede demostrar y que aunque lo tuviese sólo me daría derecho a sacar una silla para tomar el sol y meterla en mi casa cuando termine.

Que sí tendría la obligacion de limpiarlo y restaurar lo que se vaya rompiendo y que mi casa es un paso de servidumbre hacia ese patio. Solo eso. ¿Después de 17 años puede mandármelo quitar o tendría que ser por votación por mayoría? ¿Tengo algún derecho adquirido? ¿Basta con la palabra de un vecino que corrobora que esa puerta es de obra si la puerta en cuestión no aparece en los planos del constructor?

RESPUESTA DE LA EXPERTA Después de 17 años, se encuentra consolidado el derecho y más cuando ha sido autorizado en junta. Se dispone del patio para poder ser utilizado sin que suponga causar molestias en su uso o realizar obras que alteren el mismo. Por lo tanto, puede sacar perfectamente una silla y una mesa para sentarse sin tener que meterlas dentro de su casa.

Telefonillo deshabilitado, ¿es legal?

PREGUNTA Soy nueva inquilina y resulta que la comunidad aprobó deshabilitar la apertura de puertas desde el telefonillo, lo que conlleva a tener que bajar constantemente, si tenemos visita, si viene algún paquete, repartidor de comida...

Me pongo en contacto con la asesoría y comentan que los propietarios, por mayoría, no quieren que se abra desde los domicilios por seguridad. ¿Es denunciable? ¿Se podría hacer algo al respecto?

RESPUESTA DE LA EXPERTA El Código Técnico de la Edificación en su apartado DB SI-3 en su punto 6.1 relativo a las puertas situadas en recorridos de evacuación establece a este respecto lo siguiente:

“Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo (…)”.

En cuanto al bloqueo de puertas de salida de aparcamiento de un edificio de viviendas: “En la apertura de las puertas de salida del aparcamiento de un edificio de viviendas no puede existir ningún tipo de bloqueo (llave, clave, tarjeta magnética, etc.), dado que la actividad en el aparcamiento de un edificio de viviendas no tiene horario y puede ser utilizado en cualquier momento”.

En conclusión,vlas puertas de un edificio o de un garaje, en su sentido de “salida”, no pueden ser bloqueadas ya que contraviene la normativa antes citada, al ser vía de evacuación o de escape, medidas de seguridad; por tanto la comunidad no podrá adoptar este tipo de acuerdos.

Perros que no son lavados

PREGUNTA En mi bloque hay varios vecinos con perros muy grandes (dálmata, pitbull, american Stanford y labradores).

Hay ciertos vecinos que parece que nunca lavan a sus perros y dejan una peste muy insoportable en el portal cada vez que sacan al animal. ¿Hay alguna ley que les obligue a lavarlos o a evitar de alguna forma esos olores?

RESPUESTA DE LA EXPERTA A este respecto, puede consultar la ordenanza municipal de tenencia de animales domésticos.

PREGUNTA Los propietarios de las viviendas que tienen sus casas alquiladas no se hacen cargo de la presidencia ni secretaría cuando les toca. ¿Pueden hacerlo o tienen que aceptar su turno y responsabilidad?

Negarse a ser presidente

Los mayores tampoco lo hacen aduciendo que viajan. ¿Tenemos los demás que aceptar el cargo o también podemos negarnos?

RESPUESTA DE LA EXPERTA El ejercicio del cargo es obligatorio desde que se adopta el acuerdo. La Ley de Propiedad Horizontal no exime del ejercicio del cargo por el mero hecho de tener una edad avanzada o no residir en la comunidad.

Limpiadora sin factura

PREGUNTA En mi comunidad pagan a la limpiadora sin factura y no es autónoma ni nada. ¿Qué puedo hacer para que sea de forma legal?

RESP UESTA DE LA EXPERTA Trasladada la pregunta a la asesora fiscal de CAFMadrid, Carmen Jiménez, nos comenta lo siguiente: No dar de alta a un trabajador supone una infracción en el orden social calificada como muy grave que conlleva sanciones desde 3.126 hasta 10.000 euros y el abono de todas las cotizaciones no prescritas atrasadas del tiempo que ha estado trabajando. Por ello, es necesario legalizar la situación cuanto antes.

Molesto luminoso

PREGUNTA Vivo en un undécimo piso y tengo un hotel a unos 200 metros y la luz del nombre del hotel entra por mi ventana y resulta bastante molesto. He puesto cortinas y persianas para solucionar el problema.

¿Hay alguna Ley que prohíba tener más de X cantidad de luz en el nombre de su hotel para no afectar a los vecinos?

RESPUESTA DE LA EXPERTA A este respecto, debe consultar la normativa urbanística donde radique la finca para corroborar si existen o no restricciones al respecto.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento