El Auditorio de Tenerife podrá acoger definitivamente celebraciones de boda siempre y cuando no alteren la programación cultural que se vaya a desarrollar en el recinto.
Para ello ha sido necesario la modificación de los Estatutos Sociales de este organismo, en los que se prevé la realización de actividades que supongan una fuente de financiación paralela.
En concreto, y en función a la citada modificación, el artículo 2.6.6 de los Estatutos recoge que se permitirá "la organización (...) de toda clase de acontecimientos, con fines preferentemente de interés cultural, incluidos la organización de certámenes, exposiciones, congresos, convenciones, reuniones y demás actividades propias del área congresual en el Auditorio y/o edificios que expresamente se le adscriban, como fuente de financiación paralela a la actividad propia de la Sociedad".
A este respecto, el Cabildo de Tenerife ha explicado que organizar un enlace en el Auditorio supondría para los contrayentes un coste aproximado de hasta 4.000 euros, a lo que habría que sumar la contratación de la empresa de catering que trabaja en el recinto, pues tiene asignada la concesión de este servicio por concurso público.
Asimismo, el banquete podrá tener lugar tanto fuera como dentro del Auditorio, es decir, en el hall de entrada o en la plaza situada en la parte posterior del edificio.
De hecho, hasta el momento ya se han celebrado dos enlaces en este inmueble de la capital tinerfeña, uno de ellos en octubre de 2008 que contó con la participación de cerca de 500 invitados.
El hecho de que en el artículo 2.6.6 no se especifique el concepto de boda es por un mero hecho formal, ya que en el caso de que se incluyera, habría que enumerar todas las actividades que se podrían llevar a la práctica en el edificio, tales como conciertos al aire libre, fiestas en fechas señaladas, etcétera.
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