Tribunales.- La Audiencia revoca la condena al portavoz del PSOE en Dos Hermanas por "daños morales" a Varela

La Audiencia de Sevilla ha revocado una sentencia emitida en 2019 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Dos Hermanas, condenando al concejal socialista y portavoz del Gobierno local de dicha ciudad, Agustín Morón, a indemnizar con 60.000 euros al excandidato de Cs a la Alcaldía nazarena en 2015, Manuel Varela, por "daños morales" a cuenta de una intervención plenaria del citado edil. La Audiencia, en una sentencia recogida por Europa Press, estima el recurso de apelación del concejal socialista, anula la condena y le absuelve de los pedimentos formulados en su contra.

Todo gira en torno al presunto "chantaje" al que habría sido sometido Manuel Varela el día previo a las elecciones municipales de 2015, para forzar su renuncia como candidato de Cs a la Alcaldía de Dos Hermanas bajo la amenaza de la difusión masiva de un vídeo con imágenes de su vida privada.

Tras la denuncia de Varela por dicha situación, el Juzgado mixto número siete de Dos Hermanas decidió investigar al expresidente del PP de Dos Hermanas Manuel Alcocer; al entonces edil popular en dicha ciudad, actual capitular en Bormujos y ya dimitido como portavoz del PP en la Diputación, Luis Paniagua; al concejal socialista Agustín Morón; al empresario y militante del PP Emilio Maya; al periodista local José Luis Olivares; a Francisco Javier Romero como persona "interpuesta" en las citadas coacciones y al trabajador municipal Fernando Díaz Alcocer.

Pero en un auto emitido en mayo de 2017, el juez instructor ordenaba el archivo de las actuaciones respecto a Emilio Maya (fallecido en noviembre de 2017) y Fernando Díaz, para continuar las diligencias previas por el trámite del procedimiento abreviado en el caso de Manuel Alcocer, Luis Paniagua, Agustín Morón, José Luis Olivares y el también imputado Francisco Javier Romero.

Ya el 28 de septiembre de 2017, el juzgado decidió sobreseer las actuaciones respecto al edil del PP Luis Paniagua y el concejal socialista Agustín Morón, así como continuar las diligencias por el procedimiento del tribunal del jurado en el caso de Alcocer, el periodista José Luis Olivares y Francisco Javier Romero.

AL CONSTITUCIONAL

No obstante, Varela tiene recurrido ante el Tribunal Constitucional el auto de la Audiencia que ratificaba estas decisiones adoptadas por el juez instructor.

En el caso de las tres personas que siguen investigadas en la causa: el expresidente del PP nazareno Manuel Alcocer, el mencionado periodista y Francisco Javier Romero, la Audiencia desestimó sobreseer las actuaciones en su contra, y recientemente el Juzgado mixto número siete de Dos Hermanas emitía un auto mediante el que ordena la apertura de juicio oral contra los tres procesados, de cara a su enjuiciamiento por un jurado popular.

En paralelo, recordemos que el popular Luis Paniagua fue condenado a indemnizar con 45.000 euros a Varela por una "agresión ilegítima contra el honor y la propia imagen" de este último en unas declaraciones realizadas a los medios de comunicación, y de otro lado Agustín Morón fue igualmente condenado a indemnizar con 60.000 euros a Varela, por "daños morales" a cuenta de las palabras que le dedicó en una sesión plenaria.

"Las palabras del demandado traspasan el límite del debate político planteado en la sesión, pues son expresiones inequívocamente injuriosas, insultantes y vejatorias. Las manifestaciones son humillantes, los contenidos falsos, se concretan con exactitud sobre el demandante y se difunden a través de un pleno municipal con la presencia de los medios de comunicación, a sabiendas de la publicidad que van a adquirir", indicaba en su condena el Juzgado mixto número seis de Dos Hermanas.

LA AUDIENCIA REVOCA LA CONDENA A MORÓN

Pero después de que Agustín Morón recurriese ante la Audiencia de Sevilla dicha condena, tal instancia ha estimado su recurso de apelación, ha revocado la sentencia condenatoria y le ha absuelto de los pedimentos formulados en su contra.

La Audiencia, en ese sentido, tiene en cuenta que las declaraciones de Agustín Morón se encuadran en un debate plenario sobre una moción que "tenía por objeto dar explicaciones sobre el video referido, y aunque cabe pensar que las mismas tendrían por objeto el cuestionamiento de la autoría de la difusión que se estaba investigando en la causa penal, no resultaba ajeno al debate político".

"De la expresión cuestionada, y del contexto referido, puededecirse que la intención del demandado, con evidente animus retorquendi, era el de restar credibilidad a las imputaciones hacia su persona provenientes del demandante y sobre las que la moción pretendía obtener una explicación", argumenta la Audiencia, que no ve "invasión alguna del demandado sobre el honor y la intimidad del demandante, lo que excusa cualquier valoración sobre el perjuicio moral, que no existe sin aquélla, lo que conduce a la estimación delrecurso y a la revocación de la sentencia condenatoria".

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