El toque de queda se ha implantado como medida en todas las regiones españolas tras la aprobación de un nuevo estado de alarma regulado en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
Este toque de queda, por norma general, da comienzo a las 23:00 horas y finaliza a las 06:00 horas. Sin embargo, las distintas comunidades autónomas pueden decidir si adelantan o atrasan el comienzo y final del toque de queda en el margen de una hora. Por lo tanto, la restricción puede comenzar a las 22:00 o a las 00:00 horas y, por tanto, finalizar a las 05:00 o a las 07:00 horas.
En el caso de Cataluña, el Gobierno autonómico ha decidido que el toque de queda dé comienzo a las 22:00 horas y finalice a las 06:00 horas, franja horaria dentro de la cual solamente podrán circular por la vía pública aquellas personas que tengan una causa justificada.
Estas excepciones están reguladas en el artículo 5 del mencionado Real Decreto y, entre ellas, se incluye el hecho de ir a trabajar, ir a cuidar a personas mayores o con necesidades especiales o comprar medicamentos y otros bienes de primera necesidad.
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