Los argumentos jurídicos de Illa y Ayuso para cerrar (o no) Madrid

  • La presidenta y su consejero de Sanidad han anunciado que "cumplirán" la orden de Sanidad pero que la recurrirán.
  • Duda de su validez legal al no haber conseguido el Ministerio consenso en la interterritorial.
  • Illa defiende que tiene las competencias sanitarias y que la orden vale para todas las autonomías.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, habla con el vicepresidente de la Comunidad, Ignacio Aguado, durante una sesión plenaria en la Asamblea de Madrid, en Madrid (España) a 1 de octubre de 2020. El Gobierno regional aprueba en esta
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, habla con el vicepresidente de la Comunidad, Ignacio Aguado, durante una sesión plenaria en la Asamblea de Madrid, en Madrid (España) a 1 de octubre de 2020. El Gobierno regional aprueba en esta
Marta Fernández - Europa Press
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, habla con el vicepresidente de la Comunidad, Ignacio Aguado, durante una sesión plenaria en la Asamblea de Madrid, en Madrid (España) a 1 de octubre de 2020. El Gobierno regional aprueba en esta

Ayer, el Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid no se contraprogramaron con ruedas de prensa pero sus máximos responsables sí comparecieron con poca diferencia de tiempo. Primero lo hizo Salvador Illa para anunciar que convertía en oficial el borrador negociado un día antes con el vicepresidente madrileño, Ignacio Aguado, que igualaba los criterios para cerrar municipios en toda España, aunque con tres condiciones que solo afectaban a Madrid. Más tarde, Enrique Ruiz Escudero dio una rueda de prensa en la Puerta del Sol para poner en duda la validez jurídica del documento.

Hoy, la presidenta Isabel Díaz Ayuso, aunque ha confirmado que "cumplirá" con lo impuesto por Sanidad, ha insistido en esas dudas legales y ha avanzado que lo recurrirá ante los tribunales, como ya hiciera cuando el Ministerio no quiso dejar pasar a Madrid a la fase 1 de la desescalada a finales del mes de mayo. La diferencia ahora es que no acudirán al Tribunal Supremo sino a la Audiencia Nacional. Pese a que desde la Consejería de Presidencia (PP) dicen no conocer aún a qué tribunal acudirán, desde Sol dan por hecho que será a la Audiencia con un recurso contencioso-administrativo "al dudar de la validez de la orden". Queda saber si solicitarán adoptar medidas cautelarísimas, una figura que se puede pedir para paralizar la inmediata aplicación de las restricciones (en teoría, deberían entrar en vigor en menos de 48 horas, una vez publique la Comunidad en su boletín oficial la orden ministerial).

Desde el entorno de Ayuso recuerdan a 20Minutos que las restricciones de Illa no fueron aprobadas ayer en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) por consenso, ya que votaron en contra la propia Comunidad, Cataluña, Andalucía o Galicia, por lo que "no son jurídicamente válidas". Para sostener esta versión, recurren al artículo 14.1 del reglamento del consejo interterritorial, que recoge que "los acuerdos del Consejo en relación a las materias que expresamente se determinan en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud se plasmarán a través de recomendaciones, que se aprobarán, en su caso, por consenso".

No obstante, lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) es claro. El apartado cuarto recoge que Cataluña, Galicia, Andalucía, Madrid y Ceuta votaron en contra en el Consejo y Murcia se abstuvo, pero también señala que el acuerdo "será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas con independencia del sentido de su voto". Lo justifica con la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El artículo 2 sí reconoce que los acuerdos deben adoptarse por consenso y que no son de obligado cumplimiento para las autonomías que no votan a favor

Eso sí, eso decae cuando, como recoge el BOE, la Administración General del Estado "ejerza funciones de coordinación". "Cuando la Administración General del Estado ejerza funciones de coordinación, de acuerdo con el orden constitucional de distribución de competencias del ámbito material respectivo, el Acuerdo que se adopte en la Conferencia Sectorial, y en el que se incluirán los votos particulares que se hayan formulado, será de obligado cumplimiento para todas las Administraciones Públicas integrantes de la Conferencia Sectorial, con independencia del sentido de su voto, siendo exigibles conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio", declara.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento