El plazo de presentación de las solicitudes concluye el 15 de octubre.
El procedimiento de concesión de las ayudas será por concurrencia competitiva, según criterios de valoración como el número de viviendas gestionadas por las entidades sin ánimo de lucro o el número de unidades de convivencia alojadas. La cuantía máxima de la ayuda será de hasta 1.200 euros por vivienda y año, sin que pueda superarse la cantidad que aporta la entidad, una vez descontadas, en su caso, las aportaciones de los inquilinos.
Se consideran gastos subvencionables los correspondientes a 2018 y 2019, relacionados con la gestión del alquiler social de las viviendas, como los gastos de equipamiento básico de las viviendas; las altas en los contratos de suministros; los gastos de consumos de agua, electricidad y gas; los gastos de comunidad; los impuestos y tasas; los seguros de hogar y de edificio, así como las cuotas de alquiler.
Estas ayudas a programas de alquiler social para entidades sin ánimo de lucro devienen de la atención integral a las familias más vulnerables con un objetivo fundamental como es el acceso a la vivienda. Se enmarcan en la colaboración del Gobierno de La Rioja con el tercer sector en la garantía y protección de derechos esenciales.
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