La Audiencia Nacional avala el deslinde de 100 metros para el hotel Algarrobico

  • Confirma definitivamente la orden del Ministerio de Medio Ambiente.
  • Cierra el litigio con los propietarios y el Ayuntamiento de Carboneras.
  • CONSULTA AQUÍ MÁS NOTICIAS DE ALMERÍA
El hotel fue levantado en pleno Parque Natural Cabo de Gata Níjar.
El hotel fue levantado en pleno Parque Natural Cabo de Gata Níjar.
ARCHIVO
El hotel fue levantado en pleno Parque Natural Cabo de Gata Níjar.

La Audiencia Nacional ha confirmado definitivamente la orden del Ministerio de Medio Ambiente que en noviembre de 2005 fijó en cien metros la franja de servidumbre de protección marítimo-terrestre para El Algarrobico, donde Azata construyó el polémico hotel de veinte plantas y 411 habitaciones.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso interpuesto por Azata del Sol, sociedad participada perteneciente a Azata, propietaria del complejo, frente a la orden, considerada "conforme a derecho" por el ponente Carlos Lesmes, quien considera "irreprochable" la actuación de la Dirección General de Costas en este caso.

Con este rechazo, se cierra definitivamente el litigo abierto en torno a la orden ministerial que aprobó el deslinde de bienes de domino público marítimo terrestre para 5.791 metros de litoral, entre ellos El Algarrobico, frente a la que recurrieron el Ayuntamiento de Carboneras, un particular, Azata y la promotora Azata del Sol.

Avales previos

En todos estos casos, resueltos a lo largo de 2008, la Audiencia Nacional avaló la ampliación de la franja de protección para el paraje, algo que también hizo el Tribunal Supremo que, en abril, respaldó el deslinde de cien metros al considerar que en este caso debía prevalecer el interés general.

Así, ya definitivamente, la nueva sentencia, establece que el Plan Parcial del sector sobre el que en 2003 se empezó a construir el hotel debió ser revisado para su adaptación a la Ley de Costas, puesto que se aprobó con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley.

De este modo, la anchura de la servidumbre de protección debió ya entonces fijarse en los cien metros, algo que, además, no hubiera supuesto una disminución del aprovechamiento urbanístico atribuido a ese suelo, consideración que impide que Azata sea beneficiaria de indemnización alguna.

CONSULTA AQUÍ MÁS NOTICIAS DE ALMERÍA

Mostrar comentarios

Códigos Descuento