Cinco jueces dicen que quemar la foto de los Reyes no es menospreciar a la Corona

  • Son cinco magistrados de la Audiencia Nacional.
  • Consideran que forma parte de una crítica a una "causa pública".
  • Otros 10 jueces discrepan, aseguran que la quema de fotografías de los Reyes excede el ejercicio de la libertad de expresión.
Jaume Roura (i) y Enric Stern (d), los dos jóvenes acusados, durante la repetición del juicio en la Audiencia Nacional. EFE
Jaume Roura (i) y Enric Stern (d), los dos jóvenes acusados, durante la repetición del juicio en la Audiencia Nacional. EFE
EFE
Jaume Roura (i) y Enric Stern (d), los dos jóvenes acusados, durante la repetición del juicio en la Audiencia Nacional. EFE

Cinco magistrados de la Audiencia Nacional opinan que quemar una foto de los Reyes, dentro de una concentración o manifestación organizada por plataformas contrarias a la monarquía como forma de gobierno, forma parte de una crítica a una "causa pública" que no supone un menosprecio a dicha institución.

Así se recoge en el voto particular que han emitido cinco de los 16 magistrados de la Audiencia Nacional que el pasado 6 de noviembre participaron en el pleno de la sala de lo penal, en el que, por diez votos a favor y seis en contra, se confirmó la multa de 2.700 euros impuesta a los jóvenes independentistas catalanes Jaume Roura y Enric Stern por quemar una foto de los Reyes en Girona en 2007.

Los magistrados creen que la actuación de los jóvenes está amparada en el derecho a la libertad de expresión, y los cinco primeros subrayan que la crítica de una institución constitucional no está excluida de ese derecho fundamental.

En concreto, destacan los jueces, cuando se producen esas críticas, el derecho a la libertad de expresión adquiere, frente al del honor, "el carácter de un derecho constitucional prevalente en tales materias".

"Injuriosa"

Sin embargo, para los diez magistrados que estiman los hechos constitutivos de un delito de injurias a la Corona, los condenados se excedieron en el ejercicio de su libertad de expresión, ya que, si bien creen que la "concentración nacionalista y antiborbónica" está plenamente amparada en ese derecho, la quema de la foto es una "acción innecesaria para defender la opinión de los concentrados".

"Es formalmente injuriosa", sostiene la sentencia que desestima el recurso de apelación de Roura y Stern,  y "lesiona" el derecho al honor de la Corona como institución constitucional democrática.

Roura y Stern fueron condenados a 15 meses de prisión sustituibles por una multa de 30 meses con una cuota diaria de tres euros por un delito de injurias contra la Corona "con el agravante de disfraz".

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