La juez de Murcia paraliza otra sentencia de violencia de género al cuestionar que sea constitucional

La juez de lo Penal de Murcia, María Poza Cisneros, ha elevado alTribunal Constitucional una segunda cuestión de inconstitucionalidadcontra la Ley Integral de Violencia Doméstica, aprobada en diciembre de2004, al disentir de que el texto legal establezca que las amenazasleves se consideren siempre delito y no falta cuando se cometen por el hombre sobre su pareja.
La magistrada cree que la norma vulnera los principios constitucionalesde proporcionalidad de la pena, igualdad, presunción de inocencia ydignidad de la persona.

María Poza, juez de lo Penal número 4 de Murcia, deja en suspenso lasentencia de un caso de violencia doméstica en el que se juzga a unhombre
por decir a su mujer la frase "te voy a matar", durante una discusión que se produjo el día en que el marido recibió la demanda de separación presentada por su esposa.

La misma juez formuló una primera cuestión contra la Ley de Violencia Doméstica el pasado 28de julio,
al estimar que la imposición de penas distintas en función del sexo del agresor (agravadas en el caso del hombre) vulneraba los principios de igualdad, presunción de inocencia y dignidad de la persona.

En este último caso, destacaba que la ley lesionaba la dignidad de lasmujeres por decir que eran personas "especialmente vulnerables".

En ese primer supuesto, la juez dejó en suspenso, hasta que el T.C.resuelva la cuestión de inconstitucionalidad, la sentencia por un casode presunto maltrato de obra de un hombre sobre su esposa, a quienprovocó un enrojecimiento de las orejas al agarrarle las mismas despuésde que la mujer se negase a darle las llaves de uno de los coches de lafamilia. La juez entiende que la redacción dada por la Ley de ViolenciaDoméstica al artículo 153.1 del Código Penal es inconstitucional.
Penas mayores cuando el agresor es hombre

Las dos cuestiones de inconstitucionalidad presentadas por esta juez seproducen apenas un mes después de que, el pasado 28 de junio, entrasenen vigor las reformas del Código Penal que establecía la nueva

La ley integral modificó varios artículos del Código Penal endureciendo las penas cuando el agresor es hombre.

Así, las lesiones que menoscaban la integridad física o psíquica de lamujer se castigan con penas de dos a cinco años de cárcel si el autores un hombre con el que tiene o ha tenido una relación sentimental. Sila agresora es la mujer, el castigo es de seis meses a tres años deprisión.
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