Se enfrenta a 2 años y medio de cárcel por romper unapuerta de cristal de un bar y causar lesiones a un hombre

La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena de 2 años y 6 meses de prisión para un acusado de romper una puerta de cristal de un bar de Gijón en la Nochevieja de 2018 y causar una perforación de córnea y cristalino a un hombre al que alcanzó uno de los fragmentos.
Los Juzgados de Gijón en una imagen de archivo.
Los Juzgados de Gijón en una imagen de archivo.
EUROPA PRESS - Archivo
Los Juzgados de Gijón en una imagen de archivo.

La vista oral está señalada para este jueves, 25 de junio, en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, a las 10.30 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado, sobre las 09.00 horas del 1 de enero de 2018, se encontraba en el interior del pub Bola 8, en la Plaza del Vicaria de Gijón.

Como estaba molestando a la clientela realizando aspavientos, el propietario y encargado del establecimiento, XXX, que ya previamente le había llamado la atención por el mismo motivo, le instó a que abandonara el establecimiento, a lo que en principio accedió el acusado sin causar problema alguno. No obstante, el acusado, a los pocos segundos de abandonar el local, quiso volver a entrar, ante lo que XXX junto con otro cliente, YYY, sujetaron la puerta acristalada para impedir que penetrara.

Entonces, el acusado, sin importarle lo más mínimo que la rotura del cristal de la puerta pudiera herir o cortar a alguien, propinó de forma inesperada un fuerte puñetazo al cristal, que saltó por los aires en múltiples pedazos. Uno de ellos alcanzó en el ojo derecho a ZZZ, cliente del local que estaba muy próximo a la puerta, ya que iba a marcharse del bar en ese momento. Tras ello, el acusado huyó precipitadamente del lugar.

Fue detenido momentos después en las inmediaciones. Como consecuencia de los hechos, ZZZ fue trasladado inmediatamente al hospital de Cabueñes, en donde se le diagnosticó una perforación corneal y del cristalino derecho con catarata traumática. Fue intervenido quirúrgicamente de urgencia y otra vez el 4 de enero, cuando se le implantó una lente intraocular en el cristalino. El 24 de julio se le retiraron los puntos corneales alternos. Tardó en curar 330 días, 10 de ellos de hospitalización.

A su vez, sufrió un trastorno ansioso depresivo. Como secuela le queda pérdida de agudeza visual de 4/10, la colocación de una lente intraocular en el cristalino y blefartitis crónica. Fue atendido en el hospital de Cabueñes, dependiente del SESPA, con un gasto de 4.727,27 euros. El propietario y encargado del establecimiento tenía concertado un seguro que cubría, entre otros riesgos, los daños corporales que sufrieran terceras personas dentro del recinto, hasta un límite de 300.000 euros.

Los desperfectos causados en la puerta ascienden a 90,75 euros. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones por dolo eventual de los artículos 147.1 y 148.1 del Código Penal y de un delito leve de daños intencionados del artículo 236.1, párrafo segundo.

Y solicita que se condene al acusado a 2 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 2 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 1 día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a ZZZ con 50.000 euros, más los intereses legales correspondientes. De estas cantidades responderá de forma directa la compañía aseguradora del establecimiento, sin perjuicio de su derecho de repetición.

El acusado, igualmente, deberá de indemnizar al SESPA con 4.727,27 euros por el gasto generado por la atención prestada a ZZZ en el Hospital de Cabueñes y a XXX, con 90,75 euros por los desperfectos causados en su local; todo ello con los intereses legales correspondientes.

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