Un juzgado declara ilegal la ordenanza municipal que prohíbe espectáculos con animales en la capital aragonesa

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Zaragoza ha emitido una sentencia favorable a la demanda del Circo Zoorprendente, en la que declara que es ilegal el artículo 7r de la Ordenanza Municipal de Zaragoza para la Protección, Tenencia Responsable y venta de Animales en el que se recoge la prohibición de los espectáculos con animales.

El fallo estima la impugnación indirecta del artículo citado artículo, que se introdujo en la ordenanza municipal el 25 de marzo de 2019, porque se produce una "contradicción insalvable" con lo dispuesto en los artículos 34.2 y 69.17 de la Ley de protección animal de Aragón, aprobada por las Cortes de Aragón en 2003.

"Este Juzgado debe declarar la ilicitud de tal norma reglamentaria en el fallo de esta sentencia" y añade que, cuando sea firme, se podrá recurrir la "cuestión de ilegalidad" ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) en un plazo de 15 días.

En los razonamientos jurídicos, la sentencia indica que el articulo 7r de la ordenanza municipal, por el que se prohíbe la utilización de animales en el circo, "supone un exceso" respecto de lo previsto en la Ley de Protección Animal de Aragón, en cuyo artículo 34.2 se permite el desarrollo de espectáculos circenses que utilicen animales en el territorio de Aragón, para lo que se deberán poseer los documentos exigibles según la legislación aplicable".

En este sentido, se indica que el Ayuntamiento de Zaragoza no tiene autorización para otorgar licencia en función de si el circo es o no con animales, sino que se tiene que ceñir a las medidas de seguridad y las características del proyecto.

"NO ESTÁN PROHIBIDOS"

Asimismo, el artículo 69.17 de la citada ley tipifica como infracción grave exclusivamente "la utilización en espectáculos circenses de animales que no hayan sido autorizados, que no posean los documentos referidos en el artículo 34.2 de la citada ley o que pertenezcan a especies de fauna silvestre". De la literalidad de este artículo la sentencia señala que "se desprende la facultad de utilizar animales en espectáculos de circo".

En definitiva, añade la sentencia, según la normativa de la Comunidad Autónoma de Aragón "no están prohibidos" los espectáculos circenses con animales; antes al contrario, están permitidos siempre que se cumpla la normativa sobre procedencia, trato recibido, características de la actuación, habitáculo, alimentación, cuidados higiénico-sanitarios y transporte.

Esta sentencia se produce tras el recurso presentado por la empresa Recrearte Entretenimiento contra la resolución del pasado 29 de agosto del área de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza que denegaba la realización de una actividad de circo con animales en el Parking Exterior del Centro Comercial Plaza Imperial, entre el 15 de septiembre y al 10 de febrero de 2020.

Contra esta sentencia, con fecha 4 de mayo, se puede interponer recurso de apelación, dentro de los 15 días siguientes a su notificación.

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