¿Cuánto me deberían retener de IRPF para evitar sustos en la Renta 2019-2020?

Oficina de la Agencia Tributaria
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El IRPF es el Impuesto sobre la Renta, es decir, el impuesto de carácter personal que grava la renta según la naturaleza y las circunstancias de cada persona. Entre los objetos del impuesto, es decir, los componentes de la renta, figuran: la renta del contribuyente (trabajo, capital y actividades económicas), ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por ley.

Tal y como informa la Agencia Tributaria, el porcentaje de IRPF, según la nueva Ley Orgánica de Financiación de las CCAA, desde el 1 de enero de 2009, la cesión parcial del IRPF tiene como límite máximo el 50% del rendimiento producido en la Comunidad Autónoma. 

¿Por qué me sale a pagar?

A pesar de que durante todo el año se retiene mes a mes una parte de la renta para el IRPF y, aunque en la empresa se aplique al trabajador el porcentaje que le corresponde, igualmente puede salir a pagar al hacer la declaración. Esto es debido a que, aparte de la renta, se tienen en cuenta otro tipo de factores: si existe otro pagador, los rendimientos del capital, los trabajos por cuenta propia y el puesto de trabajo anterior. 

Así, aunque existen unos tramos de renta para realizar las retenciones de IRPF que corresponden a cada trabajador, solo es una previsión aproximada, ya que el resto de factores no se tienen en cuenta. 

Para el 2020, a la espera de un cambio en la subida de impuestos, los tramos (que se aplican de forma progresiva, es decir, cuanto más se cobra, más se paga) son los siguientes:

  • Tramo 1: Desde 0 a 12.450 euros - 19%
  • Tramo 2: Desde 12.450 a 20.200 euros - 24%
  • Tramo 3: Desde 20.200 a 35.200 euros - 30%
  • Tramo 4: Desde 35.200 a 60.000 euros - 37%
  • Tramo 5: Más de 60.000 euros - 45%

Es por ello que el trabajador puede decidir que se le retenga un mayor porcentaje de IRPF, en vistas de que al hacer la declaración le salga a devolver. En caso de que hayan retenido de más al trabajador, se le devolverá la diferencia. Por el contrario, será él quien tenga que pagar. 

A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria existe una calculadora a través de la cual se puede saber cuál sería el resultado de la declaración. 

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