La Junta prepara el primer derribo de una construcción ilegal junto a Medina Azahara

  • Un juzgado ha encargado a la Consejería de Cultura la demolición.
  • Los parcelistas han recurrido la sentencia.
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La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura es la que se está encargando de dar encaje jurídico al auto judicial con el que, por vez primera, se requiere a dicha Consejería que ejecute el que también será el primer derribo de una casa ilegal en el entorno protegido de Medina Azahara.

La delegada provincia de Cultura, Mercedes Mudarra, explicó que el citado auto, dictado por el Juzgado de lo Penal número cuatro de Córdoba, por el que se encarga a la Administración autonómica la demolición de una vivienda levantada ilegalmente en la también parcelación ilegal de Las Pitas, junto al citado conjunto arqueológico del siglo X, se remitió desde la Delegación de Cultura a la mencionada Dirección General de Bienes Culturales.

Es allí, según detalló Mudarra, "desde donde se está articulando jurídicamente el documento", al objeto de determinar cómo se procede por parte de la Administración en relación con la resolución judicial, por la que un padre y su hijo fueron condenados, en sentencia del citado juzgado penal ya ratificada por la Audiencia Provincial de Córdoba, a un total de tres años de prisión y a la demolición de la vivienda que levantaron ilegalmente en el entorno de la antigua ciudadela califal, en una zona declarada Bien de Interés Cultural (BIC).

Se da la circunstancia de que el auto que encarga a la Consejería de Cultura el derribo de la construcción ilegal ha sido recurrido por los parcelistas, al entender que el juzgado, "antes de librar ese oficio" a la Administración autonómica para el derribo de la construcción hecha en la parcelación de Las Pitas, "debió requerir a los condenados, dándoles un plazo para el cumplimiento voluntario de la sentencia, en lo que respecta al derribo de la edificación".

Se trata de un recurso de reforma, planteado ante propio juzgado penal, y subsidiario de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba, en el que se recuerda que la legislación establece que "los autores del hecho pueden encargar esa demolición a una empresa o bien hacerla por sí mismos", algo que en este caso, además, no es descartable, pues "la construcción se realizó por los propios condenados, uno de los cuales es albañil", de modo que "quien pudo edificar puede demoler, lo que es técnicamente más fácil".

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